Condena Intereses Art 20 Aseguradoras Negligencias Medicas

Condena al pago de intereses del articulo 20. Duro varapalo judicial a las aseguradoras sanitarias. Vazquez Abogados especialistas en derecho sanitario y Negligencias Medicas. El abogado Damian Vazquez (www.vazquezabogados.es Telefono 952215859) indica que en base a dicho articulo de la ley de contratos de seguros los afectados por negligencias medicas que ganen un juicio contra una aseguradora, recibiran en caso de condena en dicha sentencia los intereses correspondientes, que durante los dos primeros años es el interes legal incrementado en un 50% y a partir de los dos años el 20% de intereses. En algunos casos, donde se demora el procedimiento ha supuesto cobrar mayores cantidades a favor de los perjudicados. El Pleno de la Sala Civil del Supremo ha condenado a las compañías prestadoras de servicios sanitarios a pagar los intereses de mora del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro en resoluciones por mala praxis médica. Con esta sentencia algunas indemnizaciones pueden duplicarse. Hasta este momento no estaba claro si las compañías aseguradoras de prestaciones sanitarias, como el Igualatorio Médico Quirúrgico, Adeslas, Asisa o DKV, por poner solo algunos ejemplos, tenían que pagar los intereses de mora, recogidos en al artículos 20 de la Ley de Contratos […] Leer Mas

DIVORCIO ABOGADO MALAGA PENSIONES SENTENCIA SUPREMO

VAZQUEZ ABOGADOS DIVORCIOS Y FAMILIA MALAGA TELEFONO 952215859 El TRIBUNAL SUPREMO confirma que los años de convivencia también cuentan en la pension por divorcio. El Tribunal Supremo considera que además de los años de matrimonio, ha de computarse el tiempo de convivencia previo. La sentencia refleja que ambos cónyuges llevaron al matrimonio con un desequilibrio económico y que la mujer dedicó sus esfuerzos al bien común. “En los supuestos de convivencia previa al matrimonio seguida de casamiento sin solución de continuidad, podrá tenerse en cuanta esa convivencia precedente para decidir sobre la pensión compensatoria”. Así lo ha resulto el Tribunal Supremo, que confirma una sentencia en la que se estima la cantidad mensual que ha de recibir la exmujer del torero Miguel Ángel Perera contando con los años de convivencia previa a que fuesen marido y mujer. La pareja estuvo conviviendo cinco años antes del matrimonio, que duró año y medio La sentencia, que ambas partes recurriero al Supremo, considera que “la esposa carecía de ingresos derivados de su actividad laboral mientras que la economía familiar estuvo integrada fundamentalmente por los ingresos del marido, derivados tanto de su actividad profesional de matador de toros como de los benficios obtenidos por […] Leer Mas
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