VAZQUEZ ABOGADOS DIVORCIOS Y FAMILIA MALAGA TELEFONO 952215859 El TRIBUNAL SUPREMO confirma que los años de convivencia también cuentan en la pension por divorcio. El Tribunal Supremo considera que además de los años de matrimonio, ha de computarse el tiempo de convivencia previo. La sentencia refleja que ambos cónyuges llevaron al matrimonio con un desequilibrio económico y que la mujer dedicó sus esfuerzos al bien común. “En los supuestos de convivencia previa al matrimonio seguida de casamiento sin solución de continuidad, podrá tenerse en cuanta esa convivencia precedente para decidir sobre la pensión compensatoria”. Así lo ha resulto el Tribunal Supremo, que confirma una sentencia en la que se estima la cantidad mensual que ha de recibir la exmujer del torero Miguel Ángel Perera contando con los años de convivencia previa a que fuesen marido y mujer. La pareja estuvo conviviendo cinco años antes del matrimonio, que duró año y medio La sentencia, que ambas partes recurriero al Supremo, considera que “la esposa carecía de ingresos derivados de su actividad laboral mientras que la economía familiar estuvo integrada fundamentalmente por los ingresos del marido, derivados tanto de su actividad profesional de matador de toros como de los benficios obtenidos por […]
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