DESAHUCIOS CONTRATOS ALQUILER JUZGADO

Casi 120 desahucios al dia por no pagar el alquiler, el doble que por no pagar la hipoteca VAZQUEZ ABOGADOS Telefono 952215859. Especialistas en contratos de arrendamiento, demandas de desahucio alquiler. Vazquez Abogados siempre recomienda a sus clientes propietarios de viviendas, que se realice un contrato de arrendamiento conforme a ley para alquilar la vivienda, y que se solicite previamente documentacion para acreditar la solvencia economica del arrendatario o inquilino. Actualmente hay mucha demanda de pisos en alquiler y los precios han subido por ello. Si el arrendatario no le paga la renta es posible iniciar una demanda por desahucio y para reclamar las rentas debidas. Vazquez Abogados le ayuda en ese proceso para hacerlo lo mas facil y agil posible y recuperar la posesión de la vivienda, presentando la correspondiente demanda en los Juzgados, años de experiencia nos avalan. Contacte para una consulta gratuita al Teléfono 952215859. Entre abril y junio de 2018 se produjeron 10.491 desahucios por impago del alquiler, una cifra que en términos porcentuales supone ya más del 60% del total de lanzamientos Entre abril y junio de 2018 se produjeron 10.491 desahucios por impago del alquiler, una cifra que en términos porcentuales supone ya más del […] Leer Mas

Nueva Ley Alquiler Viviendas Vazquez Abogados

VAZQUEZ ABOGADOS desea informar a sus clientes que en el Boletin Oficial se acaba de publicar la nueva Ley de Arrendamientos con numerosas novedades que pueden consultar en el siguiente enlace:   LEY 4-13 MEDIDAS ALQUILER VIVIENDAS www.vazquezabogados.es BOE-A-2013-5941   Pistoletazo oficial a La Ley Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas. La nueva normativa, con la que el Gobierno busca dinamizar y liberalizar el arrendamiento en España, ha sido publicada hoy, 5 de junio, en el Boletín Oficial del Estado (BOE)  De este modo, a partir del 6 de junio, todos los contratos de alquiler que se firmen se regirán por unas nuevas reglas del juego -los sellados con anterioridad seguirán ligados a la legislación que había vigente cuando se realizaran-. De este modo, a partir de ahora, los contratos de arrendamiento tendrán una duración mínima de tres años con una prórroga tácita de un más si el inquilino así lo desea y cumple con todas sus obligaciones (y siempre y cuando que el propietario no esgrima las situaciones que le dan derecho a recuperar su casa). Unos periodos que se han reducido desde los cinco años más tres de ampliación por mutuo acuerdo. Además, laactualización de las rentas […] Leer Mas
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