Entradas con la Tag “negligencias medicas”

Vazquez Abogados Malaga, expertos en reclamación de cantidad, indemnizaciones, deudas e impagados, reclamaciones accidentes trafico, divorcios, negligencias medicas… contacte al Telefono 952215859.

Las nuevas tecnologías nos hacen mas fácil la vida a los abogados y sus clientes a la hora de reclamar mediante una notificacion fehaciente a la parte contraria, para lo que habitualmente se usa el burofax. Existen otros medios como los SMS al movil  o los correos electrónicos certificados.

Manuel hacía tiempo que peleaba por cobrar una cuantiosa deuda de un escurridizo moroso en Lérida. Ni los burofax, ni las llamadas, ni las cartas certificadas, ni las visitas a su domicilio eran efectivas para lograr su propósito. Al deudor parecía habérselo tragado la tierra. Ni siquiera había logrado su primer objetivo: demostrar, con una notificación válida para la justicia, que el individuo en cuestión estaba enterado del dinero que se le exigía. Hasta que la tecnología acudió en su auxilio. Él fue uno de los primeros en España en utilizar un sms certificado, un simple mensaje de texto en el móvil, para comunicar al demandado que se le requería el pago de la deuda, requisito previo para que se pueda iniciar un proceso judicial por impago. Y el juzgado de primera instancia número dos de Lérida aceptó el sms como prueba en un juicio civil que acabó con la condena del acusado. (más…)

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Sentencia reintegro de gastos medicos. www.vazquezabogados.es se hace eco de esta interesante sentencia por la que se condena a la administracion sanitaria a abonar el coste de las intervenciones quirurgicas en hospital privado por retraso en atención en caso de cancer, acudiendo a la Clinica Universitaria de Pamplona, teniendo que pagarles por sentencia mas de 21.000 euros.

En OVIEDO a seis de Noviembre de dos mil nueve

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 03119/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2009 0102216, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002150 /2009

Materia: REINTEGRO DE PRESTACIONES

Recurrente/s: Pablo

Recurrido/s: SESPA, ENTE PUBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON de DEMANDA 0000597 /2007

SENTENCIA Nº: 3119/09

ILTMOS. SRES.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO

D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ

Dª MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ

habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia compuesta por los Iltmos. Sres. citados de acuerdo con lo prevenido en

el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0002150/2009, formalizado por el Letrado SIVINA MARIA ESPINIELLA MENENDEZ, en nombre y representación de Pablo , contra la sentencia de fecha diecinueve de marzo de dos mil nueve, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000597/2007, seguidos a instancia de Pablo frente a SESPA, ENTE PUBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, parte demandada, en reclamación de REINTEGRO DE PRESTACIONES, siendo Magistrado- Ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

PRIMERO.- Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha diecinueve de marzo de dos mil nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO.- En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

1º.- El 27 de noviembre de 2006 don Pablo presentaba en el Servicio de Salud del Principado de Asturias solicitud de prestación sanitaria, en el concepto de reintegro de gastos, que motivaba en: “Haber tenido que acudir a una clínica privada (Universidad de Navarra) para ser intervenido de hipernefroma renal, dado que el tiempo de espera en el Hospital de Cabueñes para operarse con carácter preferente excedía con creces del tiempo recomendado para intervenir el tumor”.

El 25 de mayo de 2007 el Servicio de Salud del Principado de Asturias denegaba el reintegro.

El 29 de junio de 2007 el Sr. Pablo presentó reclamación previa con igual propósito. En el escrito de reclamación denunciaba que tras obtener en el Hospital de Cabueñes el diagnóstico de hipernefroma derecho había recibido in situ información de que pasaría a lista de espera como preferente para intervención quirúrgica por parte del Servicio de Urología del Hospital de Cabueñes con tiempo en lista de espera más allá del recomendado y aconsejable, así como que pautado tratamiento en otro centro el mismo Hospital de Cabueñes inicialmente se había negado a suministrarlo y ulteriormente le había remitido para ello al Hospital Central de Asturias, donde efectivamente lo recibía después.

La vio desestimada en resolución de 28 de agosto de 2007.

2º.- El Sr. Pablo en fecha 30 de marzo de 2006 recibía el diagnóstico de problema renal derecho en el Servicio de Oncología del Centro de Salud de Pumarín perteneciente al Servicio de Salud del Principado de Asturias, y solicitada cita preferente para completar estudio y tratamiento en el Hospital de Cabueñes la tuvo el día 24 de abril de 2006.

En ese centro obtuvo diagnóstico de probable carcinoma renal derecho. Se le practicó un TAC abdominal, se dispuso el preoperatorio, se le informó de lo conveniente de la intervención quirúrgica, se le pidió consentimiento para nefrectomía radical y se le incluyó en la lista de espera del Hospital.

3º.- El 28 de abril de 2006 acudía a la Clínica Universitaria de Pamplona, donde le diagnosticaron neoplasia renal derecha.

Allí ingresó el 11 de mayo de 2006 para intervención quirúrgica, que tuvo lugar el 12 de mayo. El diagnóstico provisional fue de “tumor renal derecho”, el definitivo de “carcinoma urotelial N0,M0, de grado III”.

En ese centro siguió tratamiento radioterápico y quimioterápico, que después continuó en el Hospital Central de Asturias dependiente del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

4º.- El 23 de mayo de 2006 el Hospital de Cabueñes citaba al Sr. Pablo para practicar la intervención quirúrgica.

TERCERO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución. (más…)

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Abogados de Malaga

Ante las posibles complicaciones Sanidad ha procedido a retirar el adelgazante Reductil, con el compuesto sibutramina, con riesgos para la salud y en especial corazon.

Noticia proporcionada por VAZQUEZ ABOGADOS MALAGA. Tfno 952215859

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El Diario Sur en su edición de hoy publica en primera pagina y en hojas interiores un reportaje sobre la Asociación del Defensor del Paciente www.negligenciasmedicas.com con las Urgencias y Demoras en el Diagnostico como las negligencias medicas mas reclamadas en Malaga.

Pueden contactar con el Defensor del Paciente en los Telefonos 914653322 y en la Delegación de Malaga al Telefono 952215859.

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La Cadena Ser Málaga ha invitado a VAZQUEZ ABOGADOS, como representantes de la Asociación del Defensor del Paciente en Málaga, para una charla a partir de las 13,00 horas (dial 100.4) , con representantes del colegio medicos, y los autores de un Libro sobre los medicos de familia, sus problemas, y su repercusión en la sanidad malagueña.

El Defensor del Paciente y www.vazquezabogados.es estan especializados en reclamaciones de negligencias medicas.

Mas informacion Tfno 952215859

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NEGLIGENCIAS MEDICAS

Defensor Paciente Negligencias medicas malagaVazquez Abogados, expertos en negligencias medicas, pertenece a la asesoria juridica del Defensor del Paciente.

Tras la rueda de prensa efectuada por su presidenta Dª Carmen Flores, reproducimos la MEMORIA 2009 DEFENSOR PACIENTE, con un aumento en el año 2009 de las reclamaciones por negligencia medica.

Mas informacion negligencias medicas contacte con el Defensor del Paciente y Vazquez Abogados (telefono 952215859).

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Diariocordoba.com

sentencia cirugia estetica cordoba

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Córdoba ha condenado a un cirujano, R.C.B., a indemnizar con 36.000 euros a una paciente por los daños y perjuicios originados en una operación de pechos, de la que tuvo que ser intervenida en al menos cinco ocasiones, sin que finalmente no se consiguiera el resultado deseado por la denunciante.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, con la finalidad de corregir la configuración natural y la asimetría de sus mamas, la mujer acudió a una clínica, en Córdoba, demandando la prestación de servicios sanitarios mediante la aplicación de las técnicas quirúrgicas propias de la cirugía estética, sometiéndose a varias intervenciones, que estima la perjudicada que “no se ajustaron a una actuación correcta”.

La mujer, representada en esta causa por el letrado Damián Vázquez, se sometió el 21 de julio de 2003 a una primera intervención para una operación de aumento y elevación de mamas, pero en el proceso postoperatorio, según la paciente, se abrieron las heridas y tuvo que acudir a curas ambulatorias durante tres o cuatro meses hasta que se cerraron y cesó el drenaje.

La disconformidad con el resultado estético de esta operación, ella decidió someterse a una segunda intervención el 29 de septiembre de 2004 para cambiar las prótesis por otras de mayor tamaño, un retoque de cicatrices y liposucción de caderas. En esta ocasión, también en el proceso postoperatorio sufrió la reapertura de las heridas y dolores en la mama derecha con inflamación.

Ante la falta de resultado del anterior tratamiento, el 5 de mayo de 2005, se procedió a la explantación de la prótesis colocada en la mama derecha, mientras que, el 19 de julio de ese mismo año, se le volvió a colocar una nueva prótesis, volviendo de nuevo a inflamarse y abrirse las heridas.

De este modo, el 19 de agosto acudió a los servicios de urgencias del Hospital Reina Sofía de Córdoba, decidiéndose su ingreso hospitalario para la retirada de la prótesis de la mama derecha, hecho que se produjo al día siguiente en la clínica donde fue intervenida. Pero el 7 de septiembre, ella acudió nuevamente al hospital Reina Sofía, donde le diagnosticaron una infección, por lo que tuvo que recibir asistencia sanitaria.

Por estos hechos, la paciente reclamaba una indemnización de 71.761 euros, aunque finalmente la sentencia estima parcialmente la demanda y condena al cirujano y su aseguradora a 36.000 euros. La resolución judicial expone que “la entidad del perjuicio estético, la necesidad de corregir mediante nueva cirugía el estado de las mamas y el innegable perjuicio psicológico, ligado a las sucesivas intervenciones y explantaciones de la prótesis de la mama derecha, justifican dicha indemnización”.

No obstante, el letrado de la paciente, Damián Vázquez, informó a Europa Press de que, a pesar de que se ha estimado la demanda parcialmente, recurrirá dicha resolución porque entiende que esta actuación tiene que penalizarle con toda la cantidad económica que solicitaban.

Mas informacion: damian@vazquezabogados.es

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dental lineNumerosas empresas o franquicias odontologicas estan cerrando en España, dejando en problemas a pacientes.

Como ejemplo la Junta ha abierto expediente informativo a Dental Line, tras el cierre de varias clinicas en Andalucia.

Consumo ya ha recibido 85 reclamaciones de usuarios y ha tramitado 13 sanciones.

Si necesita reclamar contacte Tfno 952215859

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El despacho www.vazquezabogados.es ha tramitado reclamaciones contra clinicas por quemaduras provocadas por laser (Tfno 952215859), un tratamiento que esta siendo muy usado en la actualidad y que tiene sus riesgos. Recomendamos asesorarse convenientemente antes de realizarlo y en caso de problemas reclamar.

Tenía arrugas en la parte superior del pecho provocadas por el envejecimiento de la piel y decidió acudir a una clínica de estética donde le recomendaron un tratamiento con láser. La paciente recibió dos únicas sesiones que fueron suficientes para provocarle una grave lesión en el escote, según recoge una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 9 de A Coruña. A la paciente le ha quedado una cicatriz por falta de pigmentación que no tiene solución, pues los riesgos de una nueva intervención son muy elevados.

El Juzgado de Primera Instancia número 9 ha condenado a una clínica de estética de la ciudad a indemnizar con 27.800 euros a una paciente por las quemaduras que un tratamiento con láser le provocó en el escote. La demandante acudió el 23 de abril de 2003 al centro de estética para consultar sobre la posibilidad de suprimir unas arrugas en la parte superior del pecho provocadas por el envejecimiento de la piel. Aceptó el tratamiento que le propusieron, cuyo coste ascendió a 2.500 euros. Recibió dos aplicaciones de láser y, en la tercera visita a la clínica, el personal que la atendió constató que empezaba a presentar problemas en la zona tratada.

Según el especialista que atendió a la mujer tras la quemadura, y que declaró en el juicio, la cicatriz que presenta la paciente “se trata de una secuela estética grave por su localización y visibilidad que no se puede corregir”, pues los riesgos de una nueva intervención quirúrgica son demasiado elevados.

En su defensa, los representantes del centro demandado alegaron “que la información recibida por la paciente en cuanto a los riesgos fue más que suficiente para que tuviera conciencia de los mismos y, además, que la práctica realizada por el médico se ajustó en todo momento a las mejores prácticas médicas existentes”. (más…)

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NEGLIGENCIAS MEDICAS
El Juzgado de Primera Instancia número 3 ha condenado a un cirujano plástico de Santander a indemnizar con 27.569 euros a una paciente, que tras someterse a una operación de cirugía estética para mejorar su aspecto físico en ojos, cejas y papada, se quedó sin poder cerrar un párpado por una «mala praxis médica». La «incorrecta» intervención del médico no sólo provoca molestias a la paciente, que se ha visto abocada al uso continuo de colirios para lubricar el ojo, sino que «tiene una trascendencia estética y puede generar en el futuro problemas en la córnea».
La sentencia considera probado que la intervención del médico fue «incorrecta» en varios aspectos. Así, el consentimiento informado de la paciente fue «incompleto»; la intervención se realizó sin presencia de anestesista, requisito aconsejable aunque no exigible y, lo que es más grave y relevante, el cirujano cortó en la zona del párpado más piel de lo adecuado, lo que provocó que no pueda cerrarlo.
El médico negó las acusaciones y alegó que los problemas originados en el párpado se debían a un problema de cicatrización de los tejidos, siendo posible revertir la situación con una nueva cirugía.
Sin embargo, a la vista de los informes periciales, el juez  concluye que la praxis médica fue incorrecta, fijando la indemnización en 27.569 euros.
Entiende que el consentimiento informado fue «incompleto» ya que se dio para la primera operación pero no para la segunda. Además, la paciente no fue informada de que el acortamiento del párpado podía impedir cerrarlo. Por otro lado, la intervención se realizó sin anestesista y finalmente se cortó más piel de la aconsejada, lo que provocó la secuela.
Abogado especializado en negligencias medicas VAZQUEZ ABOGADOS. Tfno 952215859

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