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Cuatro detenidos por una trama de estafas hipotecarias con 400 afectados
La Policía ha arrestado en varias ciudades españolas a 16 personas y que ha permitido desarticular una organización que operaba en todo el territorio nacional

La Policía ha detenido en varias ciudades españolas a 16 personas relacionadas con una trama de estafas en contrataciones de hipotecas, créditos e inversiones que ha perjudicado a unas 400 personas y que hubiera reportado a sus integrantes un beneficio de 250.000 euros en un año.
Se trata de la operación “M. Drack”, iniciada por el Grupo de Delitos Patrimoniales de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Las Palmas el pasado mes de febrero y que ha permitido desarticular una organización que operaba en todo el territorio nacional, según ha informado hoy en un comunicado la Jefatura Superior de Policía de Canarias.
La banda realizaba estafas a través de contrataciones de hipotecas, rehipotecas, operaciones de reunificación de deudas y pólizas de crédito e inversiones de alta rentabilidad denominadas “SKR” que nunca se materializaban y por las que cobraba diferentes cantidades de dinero en concepto de tasaciones y gastos de gestión.

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Se llamaba Adriano Zamorano Patilla, pero en los últimos años se ha hacía llamar Misterio. Es el nombre que dio en abril al llegar a la unidad psiquiátrica del Hospital de Ávila. No tenía documentos ni aportaba datos fiables sobre su identidad. Se expresaba de modo incoherente y decía haber nacido en Granja de Torrehermosa (Badajoz).

La Policía probó suerte tomándole las huellas dactilares y cotejándolas con los archivos oficiales. De manera sorprendente, los ordenadores arrojaron un nombre: Misterio Fada Triunfo, con antecedentes por un delito de Atentado a la Autoridad cometido en noviembre de 2010. Pero no era él.

Con esta vía cerrada, se envió a Granja una fotografía. Otra búsqueda infructuosa. Sin embargo, los investigadores continuaron hablando con él hasta que dio más datos sobre su pasado, con los que se localizó a tres hermanos de Misterio, que confirmaron que éste, de nombre Adriano, estaba muerto. Hubo que cotejar la huella del DNI de Adriano con la tomada a Misterio. Eran la misma persona.

Aclarar el resto de la historia ha sido cuestión de tiempo. Desapareció en 1983. En 2001, una hermana instó a un juzgado de la capital andaluza a que iniciara el expediente de Declaración de Fallecimiento, un paso imprescindible para poder acceder a la herencia de los padres. Así, en 2002 se declaró su muerte en 1993, exactamente diez años después de su desaparición.

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Vazquez Abogados como especialistas en reclamaciones de daños y perjuicios, por accidentes de trafico, caidas, negligencias medicas, accidentes laborales, Gran Invalidez, estando siempre en el lado de la parte mas debil: LA VICTIMA, para ayudarles en su defensa, se ha asociado como miembro fundador y perteneciente a la Junta Directiva, a ADEVI, Asociación de Abogados Victimas de Responsabilidad Civil, en su empeño por seguir mejorando nuestro servicio y atención a nuestros clientes y victimas en estos casos.

Despacho de Abogados asociado a:

Abogado Asociado a ADEVI · Asociacion de Abogados de Victimas de Responsabilidad Civil

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VAZQUEZ ABOGADOS ESPECIALISTAS EN RECLAMACIONES DE TRAFICO TFNO 952215859 les ofrece esta noticia:

El ex torero José Ortega Cano se encuentra herido de gravedad como consecuencia de un accidente de tráfico ocurrido en la noche del sábado al domingo en una carretera comarcal de Sevilla al chocar frontalmente su coche contra otro vehículo, cuyo único conductor ha fallecido.

Según las fuentes, el accidente ha ocurrido a las 23.15 horas del sábado en la carretera de la Sierra Norte sevillana, cuando, por causas que investiga la Guardia Civil, ambos vehículos han colisionado frontalmente.

Ortega Cano se dirigía a su finca Yerbabuena, en Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), por la carretera A-8002, cuando, a la altura del kilómetro 28 impactó contra el otro vehículo, en el que sólo viajaba el conductor.

El fuerte choque produjo la muerte en el acto del conductor y heridas graves al diestro José Ortega Cano, que fue trasladado en estado grave al Hospital de la Macarena de Sevilla.

Fuentes del entorno de Ortega Cano han informado a Efe de que el accidente se ha producido después de que el diestro dejase a su hija en casa de una amiga. El otro conductor ha fallecido.

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Vazquez Abogados Ayuda Afectados Eurobrokers tfno 952215859
La Policía Nacional ha detenido al dueño de una inmobiliaria de Benalmádena en relación a una presunta estafa millonaria a inversores. El montante de lo supuestamente defraudado ascendería a 1.485.000 euros, mientras que el número de denuncias presentadas supera ya la veintena, según ha podido saber SUR.
La investigación gira en torno a la actividad de la inmobiliaria Eurobrokers, con sede en Benalmádena, que actualmente está cerrada al público. Al frente de esta empresa se encontraba el arrestado, J. L. G. M., un gestor de 69 años con más de tres décadas de experiencia en el sector. Según las fuentes consultadas, se presentaba como licenciado en Derecho y como «bróker experto en temas inmobiliarios y de inversiones» para ganarse la confianza de sus clientes. En la operación han sido interrogados algunos de sus colaboradores o exempleados.
La comisaría de Torremolinos-Benalmádena abrió una investigación a finales del año 2009 al recibir a través de Interpol varias denuncias de ciudadanos extranjeros que aseguraban haber perdido bienes o dinero que habían depositado en manos del detenido.
Con el paso del tiempo y el avance de las pesquisas, el número de casos creció hasta superar los veinte, que son los que se han incorporado al atestado que el pasado jueves se entregó en el Juzgado de Instrucción número 4 de Torremolinos, donde se siguen las diligencias. Hay dos grandes grupos de afectados, uno formado por inversores ingleses e irlandeses y el otro por españoles. La cuantía de lo presuntamente defraudado varía según el caso, aunque hay familias que aseguran haber perdido hasta 200.000 euros.
Así, la policía ha observado varios modus operandi diferentes en las denuncias analizadas. Algunos de los perjudicados habrían confiado a la inmobiliaria importantes cantidades de dinero para invertir en bienes inmuebles sin que aparentemente hayan recibido el resultado de esos negocios.
El supuesto gancho para esas inversiones eran unos terrenos en Villanueva del Rosario, donde anunciaban entre sus clientes un gran proyecto urbanístico que giraba en torno a un campo de golf. Así, según las pesquisas, los denunciantes habrían entregado a la inmobiliaria dinero en concepto de reserva para la adquisición de estos inmuebles que al parecer nunca se formalizaron. Una variante de esta modalidad consistiría en una presunta apropiación indebida de estas sumas mediante la promesa de un gran interés anual que luego no habrían obtenido.
En otros casos, las víctimas habrían puesto en manos de la inmobiliaria sus propiedades para que fuesen vendidas. Para ello, tal y como se desprende de las pesquisas policiales, la empresa les habría solicitado poderes notariales generales alegando como motivo aligerar «trámites y papeleo» y evitar molestias a los clientes.
Según los denunciantes, estos poderes supuestamente se utilizaron para obtener hipotecas sobre los inmuebles. Los afectados descubrieron esta situación cuando empezaron a llegarles los plazos de los préstamos otorgados por los bancos.
Los perjudicados manifestaron ante la policía que la única respuesta que habrían obtenido por parte del detenido y sus colaboradores fueron excusas y evasivas. Afirmaron que desde hace varios meses ni siquiera les contestan al teléfono o les responden a los correos electrónicos que envían. De hecho, debido a la multitud de afectados que se presentaban diariamente en la oficina de Eurobrokers, decidieron echar el cierre.
Registro en su domicilio
Tras una compleja investigación que se prolongó año y medio, la policía procedió el miércoles a la detención de J. L. G. M. por presuntos delitos de estafa y apropiación indebida. Fue arrestado a las nueve de la mañana en su domicilio, situado en Benalmádena.
Los investigadores registraron el apartamento, en el que hallaron abundante documentación que está siendo analizada. El gestor pasó al día siguiente a disposición del Juzgado de Instrucción número 4 de Torremolinos, que lo dejó en libertad mientras se prosigue con las diligencias del caso.

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Posible Decreto para legalizar viviendas rurales e ilegales.

Las hay aisladas en el campo y agrupadas en diseminados rurales. Igualmente, hay algunas que fueron levantadas por sus propietarios para crear una familia y otras concebidas como segunda residencia e incluso para el turismo rural; las hay con vistas al mar y mirando a la sierra; también hay finalizadas y otras que se han quedado a medio hacer; están las que se construyeron en zonas protegidas y aquéllas en la que la calificación ambiental del terreno llegó a posteriori; y por último, las que durante décadas han poblado los montes en suelo no urbanizable. El perfil de la vivienda irregular en la provincia es tan amplio y variado como complejo es el proceso para dar solución a las cerca de 50.000 casas sobre las que pesa la espada de Damocles de las impugnaciones de licencias, las multas coercitivas y la amenaza de una posible demolición desde la entrada en vigor de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) en 2002, con la que la Junta quiso poner freno a las construcciones indiscriminadas en el campo.

La cifra no es exacta, aunque sí una estimación bastante aproximada del mapa de las viviendas en suelo rústico que han brotado por todos los rincones de la provincia y que ahora esperan una amnistía como la planteada en la Axarquía. Desde los ‘campitos’ de Estepona hasta el Valle del Guadalhorce, pasando por Mijas, Marbella, la Vega de Antequera y la Serranía de Ronda. Ni siquiera los ayuntamientos saben a ciencia cierta el número de edificaciones irregulares (incluidas otras construcciones como piscinas, muros o terrazas), de ahí que el primer paso para solucionar el conflicto sea la elaboración de un inventario municipio por municipio y casa por casa como herramienta para la posterior ejecución de planes locales de inspección. (más…)

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La reforma laboral reduce un 10% los despidos ´exprés´

El ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, ha hecho balance de los seis primeros de vigencia de la reforma laboral, que arrojan tres resultados claros: la norma ha disparado los contratos de fomento del empleo indefinido (los llamados contratos de 33 días), ha reducido los contratos indefinidos ordinarios (los de 45 días de indemnización) más de un 15%, y ha recortado los despidos improcedentes e incrementado los despidos objetivos.

Gómez, en rueda de prensa, ha precisado que se trata de datos provisionales y “poco significativos” y que hace falta más tiempo para hacer una valoración completa de los resultados de la reforma laboral. En todo caso, ha calificado de “esperanzador” que con sólo seis meses en vigor, la reforma haya empezado a cumplir algunos de sus objetivos, como extender el contrato de 33 días e incrementar las conversiones de temporales a fijos.

Según los datos facilitados por el Ministro, de julio a diciembre de 2010 se realizaron 167.193 contratos indefinidos de 33 días, cifra un 52,1% superior a la del segundo semestre de 2009. Gómez ha destacado que se trata de un incremento importante si se tiene en cuenta que en la segunda mitad de 2010 no se produjo un crecimiento “significativo” del empleo neto.

En algunos meses, el repunte interanual de los contratos de fomento ha sido aún más notable, llegando a superar el 81% en noviembre y el 136% en diciembre. El ministro ha explicado que el repunte de los contratos de 33 días en estos seis meses de aplicación de la reforma se debe, sobre todo, al aumento de las conversiones de temporales a fijos, pues más de la mitad de las conversiones (55%) se han realizado a contratos de 33 días, cuando antes este porcentaje no llegaba al 5%.

Dicho de otra forma, tres de cada cuatro contratos de fomento proceden de conversiones, cuando antes de la reforma laboral esta proporción era uno de cada diez. “El volumen de conversiones se ha incrementado once veces con la reforma”, ha dicho el ministro, que ha precisado que de realizarse menos de 2.000 conversiones al mes antes de la reforma se ha pasado a 26.129 el pasado mes de diciembre.

Menos contratos de 45 días

Paralelamente, los contratos indefinidos ordinarios, los de indemnización de 45 días, se han reducido un 15,6% en el primer semestre de aplicación de la reforma laboral, cifra que para, Gómez, no es indicativa de que se haya producido un efecto sustitución “apreciable” entre estos contratos y los de 33 días.

Respecto a la evolución de los contratos formativos y de prácticas, tanto unos como otros se han incrementado desde la puesta en marcha de la reforma laboral. En el segundo semestre del año pasado, se efectuaron un 4,2% más de contratos formativos que en el mismo periodo de 2009, con un crecimiento del 16,7% en el caso de los contratos de prácticas.

Bajan los despidos improcedentes

En materia de despido, el ministro ha avanzado que en cinco meses (julio-noviembre 2010, porque no hay datos de diciembre), los despidos improcedentes conocidos como despidos ‘exprés’ (45 días de indemnización si el empresario lo reconoce y paga en 48 horas) se han reducido en torno a un 10%, hasta sumar 250.727 (unos 50.000 al mes), cuando en los cinco meses anteriores a la reforma laboral totalizaron 332.000. “Estos despidos han bajado, pero es una tendencia poco significativa”, ha matizado.

Mientras que unos bajan, los despidos objetivos, de 20 días de indemnización, muestran una “cierta tendencia al alza”, con 13.338 despidos mensuales de media. De esta forma, ha apuntado Gómez, el peso de los despidos ‘exprés’ ha pasado de representar el 80,4% de todos los despidos antes de la reforma a suponer el 76,3% del total.

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Solidaridad de aseguradora con el médico que no informó de malformación detectada en las ecografías
TS, Sala Primera, de lo Civil, 4-11-2010

En esta sentencia sobre responsabilidad médica de la Sala Primera del Tribunal Supremo, se ejercitan unas acciones de responsabilidad extracontractual solidaria por hecho ajeno y contractual contra la compañía “Sanitas”, con la que se había celebrado un contrato de seguro de asistencia sanitaria, y de responsabilidad extracontractual contra el médico especialista en ginecología y obstetricia al haberse privado a la madre de su facultad de abortar por la falta de información debida a la mala praxis médica. El médico no sólo no informó de las dudas surgidas en las ecografías morfológicas, sino que tampoco agotó todas las posibilidades técnicas posibles, al no realizar las pruebas necesarias, para descartar el acortamiento de las extremidades del feto y de otras malformaciones con las que finalmente nació.

La demanda es estimada en ambas instancias, pero en 1.ª, la indemnización se fija en 300.000 euros frente al criterio de la Audiencia Provincial de Salamanca, que eleva la cantidad hasta 739.463,97 euros, por embarazo injusto, y al tener en cuenta los gastos que los progenitores tendrán que hacer frente para la adecuada atención de la niña. El Alto Tribunal opta por el criterio de la Audiencia y condena solidariamente al médico y a la compañía con la que se concertó el seguro de asistencia sanitaria, por culpa en la elección, así como por existir una relación de dependencia entre el profesional de la medicina y la aseguradora.

VAZQUEZ ABOGADOS EXPERTOS EN RECLAMACIONES NEGLIGENCIAS MEDICAS    tfno 609610197

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VAZQUEZ ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS

Importante la sentencia dictada que concede una indemnización a una paciente, pese a que tuviera firmado un consentimiento informado, cuando existe una mala praxis medica.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) y a una compañía aseguradora a indemnizar con 95.212 euros a una mujer por las secuelas que sufre tras una colecistectomía laparoscopica.

El Sermas denegó la reclamación patrimonial alegando que la fístula biliar y otras complicaciones que presentó la paciente en el postoperatorio figuraban como posibles riesgos en el consentimiento informado que firmó antes de entrar en el quirófano. La sentencia del TSJ de Madrid se centra en demostrar si existió una mala praxis médica, para lo que tiene en cuenta los informes periciales presentados por las parte y un relato minucioso de los hechos avalados con informes médicos.

Según lo probado, la paciente, que sufría una colelitiasis, fue intervenida sin aparente complicación, aunque en el postoperatorio padeció varias recaídas que retrasaron el alta un mes. Antes de enviarla a su casa, la mujer fue sometida a una ecografía abdominal en la que se apreció una ascitis de predominio perihepático, diagnosticándole colecistectomía, hígado congénico y ascitis. La mujer salió del hospital con un cita para consulta en una semana, pero no pudo esperar ese tiempo y acudió a urgencias con un cuadro que obligó a una intervención inmediata en la que “se identificó una grapa en el conducto hepático”.

El informe aportado por el perito especialista en Medicina Interna es especialmente duro con la actuación del cirujano al frente del acto enjuiciado, pues señala que “supone un error inexcusable que un médico especialista en Cirugía General y de Aparato Digestivo se confundiera de vía a grapar, siendo el momento más importante de la intervención la realización del grapado de la arteria cística y del conducto cístico”, pues “se deberían haber identificado correctamente todas las estructuras del campo operatorio [...] por tanto se objetiva negligencia por parte del cirujano que realizó la intervención”. Además, por si no había quedado suficientemente claro, la sentencia reproduce otra parte del informa del perito en el que éste afirma que “existe una inequívoca relación causa-efecto entre la obstrucción y rotura de la vía biliar y el clipado o grapado del conducto hepático común [...] que fue colocado erróneamente en la primera intervención quirúrgica”. La sentencia también encuentra que existió una actuación negligente en el postoperatorio: “no se debió dar el alta a la paciente sino mantenerla en el hospital y realizarle alguna de las pruebas [...] para objetivar la obstrucción de la vía biliar y la fuga de bilis fuera de ella”.

grapa negligencia medica

Info  negligencias medicas: damian@vazquezabogados.es

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VAZQUEZ ABOGADOS MALAGA

Importantisima sentencia dictada por el Tribunal Supremo que reconoce la posibilidad de solicitar el lucro cesante (perdida económica futura dejada de obtener) en casos de accidente de trafico, pero que también puede aplicarse a otros supuestos de responsabilidad civil, negligencia medica, etc.

Si desean reclamar contacten con www.vazquezabogados.es Tfno 952215859

El Supremo reconoce el derecho de las víctimas de tráfico a percibir el lucro cesante

El Alto Tribunal ha condenado a una aseguradora y a los herederos del causante de un accidente a resarcir a la víctima por los ingresos que dejó de obtener por incapacidad tras el siniestro.

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una víctima de un accidente de tráfico a obtener una indemnización mayor por las ganancias que ha dejado de percibir en el caso de que los daños sufridos le incapaciten de forma permanente para ejercer su profesión, lo que se conoce como “lucro cesante”. 

En una sentencia que crea jurisprudencia, la Sala de lo Civil fija que cuando la compensación por perjuicios económicos o por incapacidad permanente no baste para compensar el lucro cesante, la cuantía a pagar se podrá elevar acudiendo a otro concepto indemnizatorio del baremo de valoración de daños personales de accidentados de tráfico, que utilizan los jueces y las aseguradoras para establecer los importes a pagar. 

Siguiendo ese criterio, el Supremo condena a la aseguradora Zurich y a los herederos del causante del accidente a pagar a la víctima 33.338,8 euros, más los intereses legales desde 2003, para resarcirle por los ingresos que dejó de obtener tras el siniestro. La víctima reclamaba no obstante 148.516 euros al argumentar que había pasado de ingresar un sueldo de 299.000 pesetas (1.800 euros) a percibir una pensión vitalicia por invalidez permanente de 608,31 euros tras el accidente, acaecido en mayo del año 2000. 

La sentencia, en la que ha actuado como ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, presidente de la Sala de lo Civil, admite que el baremo se orienta en cierta medida a reparar el lucro cesante al fijar incrementos de la indemnización en función del nivel de ingresos de la víctima (aunque no tiene en cuenta exactamente lo que podría llegar a ganar). No obstante, considera que el sistema de cálculo establecido -basado en porcentajes de incremento de la indemnización básica- arroja cantidades que “no resultan proporcionales y pueden dar lugar a notables insuficiencias”. En cualquier caso, recuerda que el baremo no contempla la “reparación íntegra” del lucro cesante y que este fin tampoco es “exigible constitucionalmente”. 

Aunque la víctima no pueda percibir todo lo que dejará de ganar por su incapacidad para poder trabajar, el Supremo considera que sí debe ser compensada  “proporcionalmente”, por encima de lo establecido por el concepto incluido dentro del baremo de “perjuicios económicos”, siempre que concurran circunstancias “excepcionales”. 

El Supremo señala varios requisitos para percibir esta compensación, entre los que destacan que debe probarse la existencia de un “grave desajuste” entre la indemnización establecida y el lucro cesante futuro realmente padecido, y que éste no haya sido subsanado mediante la aplicación de otros factores de corrección. “La corrección debe hacerse en proporción al grado de desajuste probado, con un límite máximo (en el caso analizado) del 75% de incremento de la indemnización básica”, indica el fallo. 

La decisión del Alto Tribunal se produce en un momento en el que el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Economía han empezado los trabajos para revisar este baremo, que desde 1995 se actualiza sólo conforme a los movimientos del IPC. El objetivo de esa revisión es mejorar las compensaciones por el lucro cesante y, sobre todo, incrementar sustancialmente las indemnizaciones a los accidentados con secuelas más graves, como los lesionados medulares, grandes quemados y aquellos que sufren un coma cerebral.

VAZQUEZ ABOGADOS especialistas en responsabilidad civil, accidentes y negligencias. Contacte: damian@vazquezabogados.es

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