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Prótesis mamarias PIP El Defensor del Paciente piden a las mujeres afectadas que extremen los controles y acudan al cirujano.
MATUCHA GARCÍA LA OPINION DE MALAGA El abogado del Defensor del Paciente, Damián Vázquez confirmó ayer la existencia de casos de andaluzas y malagueñas que han sido objeto de un implante mamario conocido como PIP (de la marca Poly Implant Prothèse), retirados en Francia, y cuyos efectos sobre la salud están en entredicho.
«Estamos recibiendo cientos de quejas, ya que este asunto lleva arrastrando meses. Las denuncias provienen de clínicas privadas», comentó Vázquez a este periódico. Ante estas situaciones, las recomendaciones desde esta asociación son claras. «Algunas han tenido problemas y han detectado roturas», señaló.
Por ello, éstas deben acudir de forma urgente al cirujano que les haya realizado la intervención y demandarles una copia del historial, así como las etiquetas (referencias) de las prótesis implantadas. Vázquez señaló además que desde el Defensor del Paciente le aconsejan que se realicen un chequeo y las pruebas diagnósticas que sean necesarias si se detectan problemas de rotura y, si es así, lo mejor es quitarlas.
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Negligencia Medico Aumento Pechos Cirugia Estetica. Vazquez Abogados Tfno 609610197, especialistas en negligencia medica ha representado a la afectada. Condenan a un cirujano a pagar a una mujer por un resultado “insatisfactorio” en un aumento de pecho
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Málaga ha condenando a un cirujano estético con clínica en Málaga y a su aseguradora a indemnizar en la cantidad de 27.586 euros a una paciente malagueña que fue sometida a una intervención de aumento de pecho por la que sufrió complicaciones y que tuvo un resultado “insatisfactorio”.
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Málaga ha condenando a un cirujano estético con clínica en Málaga y a su aseguradora a indemnizar en la cantidad de 27.586 euros a una paciente malagueña que fue sometida a una intervención de aumento de pecho por la que sufrió complicaciones y que tuvo un resultado “insatisfactorio”.
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DEFENSOR PACIENTE MALAGA 952215859 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) contra una sentencia dictada en septiembre de 2010 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Sevilla por la que se le condenaba a abonar 60.000 euros a una paciente a la que tuvieron que extirpar un pecho debido a que no se le detectó un cáncer a tiempo.
Según el Defensor del Paciente, lo “verdaderamente novedoso” es que el TSJA impone al SAS las costas del recurso.
Según detalla el Defensor del Paciente en un comunicado y conforme a las mencionadas sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, la historia se remonta a octubre de 2004, cuando la denunciante, de 34 años de edad, en una autoexploración se autodetectó y palpó un pequeño bulto en la mama derecha, acudiendo inmediatamente a su ambulatorio, en la capital gaditana, que le mandó una cita con el especialista para que le realizara una mamografía. Realizada la prueba, se le dijo que no había ningún problema y la emplazaron a una nueva revisión a los seis meses.
Seis meses más tarde, la reseñada acudió nuevamente a consulta y se le realizó una nueva mamografía, diciéndole en este caso que regresara dentro de un año. Fue entonces, ya en septiembre de 2006 cuando se le realizó una exploración visual y manual, remitiéndola al Hospital Puerta del Mar para que en Urgencias le realizaran una mamografía y una ecografía. Inmediatamente, fue derivada a la Unidad Clínica de Patología Mamaria, siendo diagnosticada de un carcinoma de mama que ya presentaba una masa de 15 por 12 centímetros.
Según la sentencia, a partir de entonces, la paciente fue sometida a tratamiento de quimioterapia para reducción del tumor, siendo intervenida en enero de 2007, practicándole una mactectomía radical modificada derecha.
El Defensor del Paciente ha resaltado que la sentencia se basa en que no se valoró que la paciente acudió por “iniciativa propia” al autodetectarse un bulto, y también que se produjo “un retraso en el seguimiento de la paciente, de al menos cada seis meses”.
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VAZQUEZ ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS TFNO 609610197 Una mujer se vio obligada a interrumpir su embarazo ante un diagnóstico de lesiones graves en el feto que después otro informe consideró “completamente sano”

La Fiscalía de Málaga ha apreciado un posible delito de aborto por negligencia médica y así ha remitido al juzgado decano la denuncia de una mujer que se vio obligada a interrumpir su embarazo ante un diagnóstico de lesiones graves en el feto que después otro informe consideró “completamente sano”. El Ministerio Público envía este caso al juez según consta en un documento remitido hoy a Efe por la asociación el Defensor del Paciente, donde se explica que una mujer tras acudir a varias ecografías tuvo que abortar al diagnosticar “malformación fetal grave sin posibilidad de tratamiento”. Los hechos comenzaron el pasado mayo, cuando a la mujer le realizaron una ecografía donde el ginecólogo no encontró ninguna anomalía pero que, por la postura del bebé no podía verlo bien, por lo que decidieron repetir la prueba. Tras varias ecografías, los médicos diagnosticaron que el bebé padecía una enfermedad llamada “Artogriposis múltiple congénita” y que, posiblemente “el grado de desarrollo sería muy elevado debido a que él bebe nunca movió los pies ni las manos” y que podría sufrir problemas cardíacos e incluso otra discapacidad. Una vez detectada la enfermedad, los médicos recomendaron hacer un amniocentesis y empezar el protocolo para interrumpir el embarazo, ya que “todo estaba muy claro y no dieron ningún porcentaje de error”, según ha informado el Defensor del Paciente.
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Condenado el SAS por una negligencia que provocó la parálisis cerebral de una niña
Debe abonar casi un millón de euros y una pensión vitalicia a la menor de 6 años, que según la sentencia, no fue asistida correctamente en el parto.
Según ha contado el propio padre de la niña, su esposa llegó al Virgen del Rocío de parto un Miércoles Santo, y no recibió ningún tipo de atención durante horas. Era un embarazo gemelar. Una de sus hijas nació en la propia cama, y la segunda ya en el paritorio, pero con lesiones cerebrales por falta de oxígeno.
El Servicio Andaluz Andaluz de Salud ha sido condenado a pagar casi un millón de euros y una pensión vitalicia a una niña de 6 años, que sufre parálisis cerebral a consecuencia de la atención recibida en el parto en 2005.
Según ha contado el propio padre de la menor, Eduardo Contreras, su esposa, que llegó al Virgen del Rocío de parto un Miércoles Santo, no recibió ningún tipo de atención, naciendo una de sus hijas en la propia cama y la segunda, que padeció falta de oxígeno, nació con lesiones cerebrales ya en el paritorio tras horas de estacia en el hospital.
A pesar de la sentencia favorable, Eduardo, junto a la Asociación el Defensor del Paciente, se lamentan que desde la sanidad andaluza se haya prolongado el proceso con recursos judiciales, a pesar de las recomendaciones del Consejo Consultivo para que pagaran, así como de la propia aseguradora.
Desde el SAS ya han recurrido la sentencia ante el TSJA al contar con un informe del Hospital que confirma que los profesionales que participaron en el parto actuaron conforme al procedimiento.
DEFENSOR DEL PACIENTE MALAGA TFNO 952215859
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VAZQUEZ ABOGADOS DEFENSOR DEL PACIENTE MALAGA NEGLIGENCIAS MEDICAS 952215859
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Fuengirola, ha estimado parcialmente la demanda contra la aseguradora médica Sanitas por los daños causados en una intervención quirúrgica a un paciente intervenido de hernia discal y que acabó tetraparésico en sillas de ruedas.
La demanda fue presentada en su día por el Abogado Dº Damian Vazquez (www.vazquezabogados.es) perteneciente a la Asociación del Defensor del Paciente en Málaga, en nombre de M.M.S., de 65 años, contra Sanitas, que ha sido condenada al pago de 592.318 euros, en concepto de indemnización por los daños causados en una intervención quirúrgica de “Discectomía y artrodesis cervical anterior C4-C5-C6″, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.
La intervención fue realizada el 17 de mayo de 2005 en la Clínica Galvez de Málaga debido a que el afectado sentía molestias por dos hernias de disco pero que le permitían realizar su vida normal y trabajar, según un comunicado de la Asociación.
El paciente fue intervenido en dos ocasiones, los días 17 y 20 de mayo de 2005, tras las cuales acabó con secuelas irreversibles como tetraparesia, parálisis recurrencial derecha, pérdida de un incisivo, síndrome postconmocional y dolor neuropático severo.
Además, necesita de una silla de ruedas tras dicha intervención, por lo que le ha sido reconocida una ‘gran invalidez’, se añade en el comunicado.
Según la Defensor del Paciente, se le hizo firmar en el momento de la operación, un documento de consentimiento informado, en el que no se hacía constar expresamente la posibilidad de tetraparesia, pese a que finalmente acabó tetraparésico.
El Juzgado avala la tesis del demandante y su perito médico neurocirujano, que criticó la intervención realizada por no realizarse correctamente, y que además, debió hacerla un neurocirujano y no un traumatólogo.
Mas informacion NEGLIGENCIAS MEDICAS 952215859
Prensa:
LAVOZDIGITAL Condenan a aseguradora a indemnizar a un paciente que quedó tetraparésico
LAOPINIONDEMALAGA Sanitas indemnizará a un paciente que quedó tetraparésico
EL MUNDO Sanitas indemnizará con 592.000 euros a un paciente que quedó tetraparésico
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VAZQUEZ ABOGADOS ESPECIALISTAS EN NEGLIGENCIAS MEDICAS CONTACTE TELEFONO 609610197 El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Institut Català de la Salut (ICS) a pagar 30.000 euros a una paciente a la que le fue diagnosticado erróneamente un tumor cancerígeno en el abdomen.
Según informa el Defensor del Paciente, la mujer, de 42 años, acudió al Hospital de Mollet (Barcelona) el 15 de diciembre de 2004 con fuertes dolores en el abdomen y, tras realizarle varias pruebas, se la operó para abrir el abdomen por una laparotomía, pero la cirujana la remitió al Hospital de Sant Pau alegando que tenía una masa tumoral –cáncer– que le ocupaba todo el vientre.
Las pruebas que se le realizaron en el segundo hospital demostraron que no había ningún tumor ni cáncer y que con un análisis de marcadores tumorales se hubiera evitado la intervención y las cicatrices.
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 15 de Barcelona denegó la indemnización, por lo que la afectada recurrió ante el TSJC.
Ahora, el alto tribunal considera que “aparece una ausencia de prueba analítica con marcadores tumorales, o la realización de una biopsia (..) que a groso modo permite obtener síntomas físicos de utilidad en el diagnóstico”, por lo que obliga al ICS a indemnizar a la víctima.
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Una mujer ha sido indemnizada con 28.876 euros por las complicaciones que sufrió a partir del mismo día que fue operada de cataratas en el ojo izquierdo, por lo que tuvo que volver a ser intervenida posteriormente, según la resolución del Servicio Andaluz Sanitario a la que ha tenido acceso Efe.
La resolución, que ha sido facilitada por el Defensor del Paciente, detalla que la paciente fue intervenida de cataratas en el ojo izquierdo en 2007, en el Hospital Costa del Sol (Marbella), por un facultativo de los equipos volantes de cirugía oftalmológica de la Consejería de Salud de Andalucía, y sufrió complicaciones.
Sin informe clínico ni protocolo quirúrgico
Tras la intervención, de la cual no constaba ningún informe clínico, ni protocolo quirúrgico, ni posibles complicaciones preoperatorias, ni hoja de tratamiento, la paciente quedó ingresada, sin existir documentación que lo acredite, al padecer dolor intenso en el ojo, además de vómitos y náuseas, según asegura la resolución.
Posteriormente, fue trasladada al Hospital Marítimo de Torremolinos para una nueva intervención a causa del mal resultado de la operación de cataratas y su agravante posterior.
La defensa de la paciente, el letrado Francisco Damián Vázquez Jiménez, alegó la falta de diligencia y coordinación de carácter administrativo como médico, tras la operación que dejó “en un completo desamparo” a la mujer tras sufrir las complicaciones.
De igual forma denunció la existencia de negligencia médica, ya que el facultativo que realizó la operación no dejó ningún informe sobre la asistencia médica, lo que conllevó a desconocer el procedimiento llevado a cabo al realizar la segunda operación.
Además de ello, también señaló que el facultativo se marchó tras la intervención sin dejar datos personales o teléfono de contacto en caso de urgencia.
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El Abogado Francisco Damian Vazquez Jimenez ha sido entrevistado en directo esta mañana por el programa de Antena 3 Television ESPEJO PUBLICO, en relación a la posible negligencia medica del caso aborto de un niño en Málaga, ya que advirtieron a los padres de malformaciones, llevandose la sorpresa de que les llega una carta a su domicilio indicando que la autopsia del feto indicaba que el niño estaba sano y sin malformaciones.
Puestos los hechos en conocimiento de la Fiscalia de Málaga, y solicitado explicaciones por los padres, se ha enviado un segundo informe de autopsia donde se desdicen de lo anterior.
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La Fiscalía investiga una presunta negligencia médica que acabó en un aborto
Una embarazada fue inducida a abortar por malformaciones, pero el feto estaba sano.
La Fiscalía de Málaga ha decidido abrir diligencias penales para investigar la denuncia de una mujer que fue inducida a interrumpir su embarazo cuando estaba de seis meses de gestación porque el feto supuestamente presentaba malformaciones y que, según un posterior examen anatomopatológico, estaba sano. La investigación se abre después de que el letrado Damián Vázquez, de la asociación Defensor del Paciente (Adepa), interpusiera la denuncia en representación de la pareja por una presunta mala praxis médica.
La mujer acudió el pasado 17 de mayo al Hospital Clínico para hacerse una ecografía. El facultativo que la atendió le indicó que la posición del feto no era buena y que volviera en 10 ó 12 días para que le repitieran la prueba. El 27 de ese mes regresó y le hicieron una segunda ecografía. Ese día incluso pasó por dos ecógrafos diferentes y la vieron un par de facultativos. Le comentaron que podía haber una posible malformación en las extremidades.
El 1 de junio, tras una tercera ecografía le informaron que el feto padecía artrogriposis múltiple congénita. Por eso le recomendaron una amniocentesis y que iniciara el protocolo para la interrupción del embarazo. Entonces, fue derivada a una clínica de Sevilla para que se hiciera el aborto.
Pero la sorpresa de la pareja fue mayúscula cuando tras el aborto recibieron una carta del hospital con el informe de Anatomía Patológica en el que se indicaba que el feto estaba sano y que no presentaba malformaciones internas o externas. Fue entonces cuando el matrimonio, representado por el Defensor del Paciente, interpuso la demanda en la Fiscalía.
Fuente Diario Malaga Hoy
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