Entradas con la Tag “consentimiento informado”

El catedrático de la UDC Domingo Bello Janeiro reclama una nueva Ley de Responsabilidad sanitaria

Cirugía estética y ginecología son las dos especialidades sanitarias que centran las principales demandas judiciales, mientras que siete de cada diez reclamaciones son por defectos en el consentimiento informado, según el libro ‘La responsabilidad médica’, del catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña (UDC), Domingo Bello Janeiro.

En la presentación de la publicación, en la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), Bello Janeiro ha reclamado al nuevo Gobierno una Ley de Responsabilidad sanitaria para fijar un baremo en las indemnizaciones.

También ha propuesto introducir el concepto de “consentimiento informado humanizado” para reducir el número de reclamaciones por daños sanitarios.

En declaraciones a Europa Press, Bello Janeiro ha asegurado que este nuevo concepto implicaría que el médico informase al paciente “como a él le gustarían que se lo dijera si fuera el enfermo”.

LISTAS DE ESPERA

En este sentido, ha subrayado que “siete de cada diez reclamaciones por daños sanitarios son por defectos en el consentimiento”. Por especialidades, ha señalado que cirugía estética y ginecología concentran el mayor número de demandas por causas como errores en el diagnóstico o complicaciones en el parto.

Por otra parte, Bello Janeiro ha pedido un “especial esfuerzo” para reducir las listas de espera, “que son el principal motivo de preocupación”, ha apostillado.

El catedrático de la UDC ha abogado también por crear en los hospitales unidades específicas en medicina legal preventiva “para averiguar posibles fallos o errores médicos que eviten demandas judiciales”, ha añadido.

VAZQUEZ ABOGADOS nuestra trayectoria nos avala como especialistas en reclamaciones por negligencias medicas.

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Carlos Haya no opera a un enfermo ya anestesiado por faltar su firma.

El cirujano suspendió la intervención al no haber rubricado el paciente el consentimiento informado

Algo tan simple como comprobar si el paciente había firmado el documento de consentimiento informado para ser operado no se hizo el miércoles en Carlos Haya. Ese error impidió que M’hamed Rahmouni fuese operado de una dolencia en un oído. El enfermo fue bajado al quirófano, anestesiado y dormido. Cuando estaba ya con las vías cogidas y situado en la mesa de operaciones, el cirujano, al darse cuenta de que el paciente no había rubricado el consentimiento informado, decidió suspender la operación y sacar a Rahmouni del quirófano. La anestesia sí se aplicó, ya que el papel con el visto bueno del enfermo sí estaba firmado, dijeron fuentes del hospital, cuestión que la familia niega. (más…)

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Negligencias Medicas. Sentencia favorable a paciente luchador que ha llegado a recurrir en amparo por defectuoso consentimiento informado. Mas info: damián@vazquezabogados.es

SALA Segunda. Sentencia 37/2011, de 28 de marzo de 2011. Recurso de amparo 3574-2008. Promovido por don José María García-Bayonas Garaizabal respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Bizkaia y de un Juzgado de Primera Instancia de Bilbao que desestimaron su reclamación de responsabilidad civil derivada de asistencia sanitaria. Vulneración de los derechos a la integridad física y a la tutela judicial efectiva: asistencia sanitaria proporcionada desatendiendo el derecho del paciente a prestar un consentimiento informado.
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VAZQUEZ ABOGADOS especialistas en negligencias medicas reproduce sentencia por el que condena a Servicio Madrileño de Salud por una falta de consentimiento informado a un paciente en una intervención quirugica.

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 25 Oct. 2010, rec. 984/2009
Ponente: Lecumberri Martí, Enrique.

Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Administración autonómica. Asistencia sanitaria. Paciente que sufre graves secuelas tras ser intervenido quirúrgicamente de laminectomía más disectomía por hernia discal, con la consecuencia de ser declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total para su profesión. CONSENTIMIENTO INFORMADO. Si bien consta que el recurrente fue advertido de las posibles complicaciones de la intervención por «lesión de algún nervio en las maniobras propias del acto quirúrgico», el formulario impreso utilizado y firmado por el paciente no contiene en modo alguno información precisa y detallada de las posibles consecuencias adversas y gravísimas secuelas que finalmente se le ocasionaron. Con esa deficiente información se privó al paciente de su derecho a decidir sobre someterse o no a la intervención practicada, lo que supone una infracción de la lex artis ad hoc. INDEMNIZACIÓN. Procedencia de abono de la indemnización reclamada, de 150.253 euros, teniendo en cuenta las cantidades reconocidas en supuestos semejantes.

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia del TSJ Madrid, que casa y anula, reconociendo el derecho del recurrente a ser indemnizado por la Consejería de Sanidad en la cantidad de 150.253 euros en concepto de responsabilidad patrimonial por la deficiente asistencia sanitaria recibida.

Texto completo sentencia leer mas ….. (más…)

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VAZQUEZ ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS

Importante la sentencia dictada que concede una indemnización a una paciente, pese a que tuviera firmado un consentimiento informado, cuando existe una mala praxis medica.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) y a una compañía aseguradora a indemnizar con 95.212 euros a una mujer por las secuelas que sufre tras una colecistectomía laparoscopica.

El Sermas denegó la reclamación patrimonial alegando que la fístula biliar y otras complicaciones que presentó la paciente en el postoperatorio figuraban como posibles riesgos en el consentimiento informado que firmó antes de entrar en el quirófano. La sentencia del TSJ de Madrid se centra en demostrar si existió una mala praxis médica, para lo que tiene en cuenta los informes periciales presentados por las parte y un relato minucioso de los hechos avalados con informes médicos.

Según lo probado, la paciente, que sufría una colelitiasis, fue intervenida sin aparente complicación, aunque en el postoperatorio padeció varias recaídas que retrasaron el alta un mes. Antes de enviarla a su casa, la mujer fue sometida a una ecografía abdominal en la que se apreció una ascitis de predominio perihepático, diagnosticándole colecistectomía, hígado congénico y ascitis. La mujer salió del hospital con un cita para consulta en una semana, pero no pudo esperar ese tiempo y acudió a urgencias con un cuadro que obligó a una intervención inmediata en la que “se identificó una grapa en el conducto hepático”.

El informe aportado por el perito especialista en Medicina Interna es especialmente duro con la actuación del cirujano al frente del acto enjuiciado, pues señala que “supone un error inexcusable que un médico especialista en Cirugía General y de Aparato Digestivo se confundiera de vía a grapar, siendo el momento más importante de la intervención la realización del grapado de la arteria cística y del conducto cístico”, pues “se deberían haber identificado correctamente todas las estructuras del campo operatorio [...] por tanto se objetiva negligencia por parte del cirujano que realizó la intervención”. Además, por si no había quedado suficientemente claro, la sentencia reproduce otra parte del informa del perito en el que éste afirma que “existe una inequívoca relación causa-efecto entre la obstrucción y rotura de la vía biliar y el clipado o grapado del conducto hepático común [...] que fue colocado erróneamente en la primera intervención quirúrgica”. La sentencia también encuentra que existió una actuación negligente en el postoperatorio: “no se debió dar el alta a la paciente sino mantenerla en el hospital y realizarle alguna de las pruebas [...] para objetivar la obstrucción de la vía biliar y la fuga de bilis fuera de ella”.

grapa negligencia medica

Info  negligencias medicas: damian@vazquezabogados.es

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