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AIFOS JUICIO
Juzgan hoy al dueño de Aifos Jesús Ruiz acusado de estafar más de 626.000 euros en la venta de pisos. La Sección Primera de la Audiencia de Málaga tiene previsto juzgar desde hoy al dueño de la promotora Aifos Jesús Ruiz Casado y a su mujer a los que la Fiscalía malagueña acusa por presuntamente estafar más de 626.000 euros a 30 personas con la venta de 16 pisos en distintas localidades de la provincia sin que nunca se llegaran a construir.
Según las conclusiones provisionales del fiscal, a las que tuvo acceso Europa Press,los acusados eran los administradores de la empresa dedicada a la construcción Aifos Arquitectura y Promociones Inmobiliarias y durante 2001 comenzaron la promoción de unas viviendas que se iban a construir en varias localidades.
La acusación pública sostiene que hubo “una publicidad o una oferta en la que se hacían alegaciones falsas de características inciertas sobre la vivienda a construir” y señala que a partir de agosto de 2001 comenzaron a firmar contratos con distintas personas que querían adquirir esas casas “supuestamente en construcción”.
Conforme a esos contratos, el ministerio público indica que los compradores pagaron en las fechas concertadas las cantidades estipuladas “con creencia que se había iniciado la construcción de las viviendas y que se entregarían en un plazo de unos 20 meses, aproximadamente, sin que los acusados hubieran llevado a cabo la obra proyectada”.
“Ni siquiera”, apunta la Fiscalía, habían obtenido la licencia de obras de los ayuntamientos “efectuando los perjudicados diferentes desembolsos que los acusados hicieron suyos en beneficio propio, sin que hasta la fecha se haya realizado construcción alguna ni se haya devuelto cantidad alguna a ninguno de los perjudicados”.
Para el fiscal, se trata de un delito contra los consumidores en concurso medial con otro continuado de estafa y pide para cada uno siete años de prisión, inhabilitación para desempeñar cargos directivos o de administración de sociedades por el mismo tiempo y multas de 8.100 euros por el primer delito y de 18.000 euros por el segundo.
Además, se insta a que indemnicen a cada perjudicado con la cantidad que entregó, de lo que responderá subsidiariamente la empresa, que se encuentra en concurso de acreedores. También solicita que se sumen 3.000 euros a cada uno de los perjudicados o en su caso a cada pareja por los daños y perjuicios morales.
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AIFOS INMOBILIARIA CONCURSO DE ACREEDORES JUZGADO MERCANTIL MALAGA
El despacho www.vazquezabogados.es/abogadosmalaga que representa a afectados de la Inmobiliaria Aifos en procedimientso judiciales se hace eco de la noticia publicada en diversos medios sobre el concurso de acreedores solicitado por AIFOS.
Lo ideal es que cualquier acreedor, comprador de vivienda, proveedores y en general cualquier afectados de Aifos se persone en el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga. Para ello pueden contactar con el despacho VAZQUEZABOGADOS de Málaga, Tfno 952215859, email: damian@vazquezabogados.es
La promotora inmobiliaria Aifos ha solicitado concurso voluntario de acreedores con un pasivo de unos 1.000 millones de euros y alrededor de 2.000 acreedores, según han informado fuentes judiciales.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga será quien tramite esta solicitud de concurso de la compañía que ya se encontraba en situación preconcursal.
Ello supone que estaba en negociaciones con sus acreedores para acordar un plan de pago de deuda y sortear la suspensión de pagos, que finalmente no ha podido evitar. Las mismas fuentes señalaron que la inmobiliaria cuenta con unos 2.000 acreedores y suma un pasivo de más de 1.000 millones de euros.
Asimismo, apuntan que Aifos acumula casi 5.000 demandas de acreedores. De su lado, la compañía explicó que con la solicitud de concurso persigue “garantizar la construcción de las 3.000 viviendas comprometidas con sus clientes y su entrega en el menor plazo posible”
“El concurso permitirá la reordenación de la deuda del grupo para combatir la crisis inmobiliaria, así como garantizar la pervivencia de la actividad de la empresa, el cumplimiento de los contratos con terceros y el mantenimiento del empleo de sus trabajadores”, indicó en un comunicado Aifos, inmobiliaria con sede social en Málaga, pero que cuenta también con oficinas en otras provincias y otros países.
Varios meses bordeando la quiebra
El Juzgado de lo Mercantil número 1 rechazó hace unos meses una primera solicitud de concurso necesario de Aifos presentada por acreedores, aunque semanas después admitió a trámite otra petición, que finalmente fue archivada puesto que los demandantes desistieron una vez que Aifos les pagó la deuda contraída.
En aquel momento, abogados de Aifos presentaron en el juzgado un plan de refinanciación para la deuda de 800 millones de euros que la empresa tenía con 34 entidades financieras, con el fin de poder terminar todas las promociones en curso, que supondrían unas 4.200 viviendas, de las que 3.200 ya estaban vendidas.
Asimismo, en la actualidad está en concurso de acreedores la empresa vinculada al grupo Aifos denominada Promociones y Servicios Hoteleros Guadalpín, que se encarga de gestionar los establecimientos Guadalpín Marbella y Guadalpín Banús, ubicados en dicha localidad malagueña, tras la demanda de cuatro acreedores por deudas de 1,17 millones de euros. También se encuentra en esta situación la del hotel Byblos.
Aifos, cuyos principales directivos están procesados en el caso ‘Malaya’ contra la corrupción en el Ayuntamiento marbellí, es una de las primeras promotoras de Andalucía, con lo que su declaración de concurso, adelantada hoy por la Cadena Ser, sería uno de los mayores del sector en España junto a los de Martinsa Fadesa, Habitat y Tremón.
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AIFOS INMOBILIARIA CONCURSO ACREEDORES
Según la Agencia EFE la inmobiliaria malagueña Aifos se enfrenta a dos nuevas solicitudes de concurso necesario de acreedores (antigua suspensión de pagos) que han presentado en el Juzgado de lo Mercantil de Málaga dos proveedores.Según EFE los dos proveedores afectados acumulan impagados por importe de 392.000 euros, que se sumarían a los 7,9 millones de euros de impagados que figuran en el registro de morosos RAI.
Aifos ya salió airosa el pasado mes de diciembre de otra petición presentada por la empresa Gestión de Obras y Reformas, dado que el Juzgado de Lo Mercantil número 1 de Málaga decidió no admitir a trámite la demanda.
Gestión de Obras es una de las acreedoras de Aifos, que fue comisionista de una operación de venta de suelo al Grupo Tremón, instrumentada en pagarés que no había sido atendidos a su vencimiento, el pasado 17 de noviembre.
El titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga justificó el rechazo a la petición en que “nada se acreditaba de la existencia de otros acreedores” y simplemente se justificaba la solicitud por los efectos que tenía para Aifos la declaración de concurso del Grupo Tremón.
Si ud es una empresa o persona acreedora de Aifos o ha adquirido una vivienda y hasta la fecha no le han pagado o no le ha sido entregada ldicho inmueble, lo ideal es asesorarse en un despacho de abogados especializados para reclamar y evitar cualquier perdida de sus derechos.
Mas informacion:
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Hoy se publica un Interesante articulo del Diario Gaceta de los Negocios que trata de los problemas de los compradores en la entrega de cantidades ante promotores en problemas o en concurso de acreedores.
Texto del Articulo en gaceta-negocios-vazquezabogadoses-concurso-promotoras-viviendas
Promotoras en concurso de acreedores: 20.000 pisos en el aire. Martinsa Fadesa tiene 11.231 viviendas pendientes de entregar; Tremón supera las 2.000; Habitat ronda las 250 propiedades… ¿Qué opciones tienen los afectados?
Hace más de dos años compré un piso de la promoción Costa Miño Golf de Martinsa Fadesa. Al ver que las obras se retrasaban más de la cuenta envié un burofax para solicitar la rescisión del contrato y desde entonces no he vuelto a tener noticias”, explica José, una de las muchas víctimas de la posible quiebra de Martinsa Fadesa. Su caso pasaría desapercibido si no fuera por que el propio José era antiguo empleado de Martinsa Fadesa, condición que, sin embargo, no le sirvió para percatarse de la situación que atravesaba la compañía en la que había estado trabajando.
”Nunca me imaginé todo esto”, explica José, quien a día de hoy, y tras haber desembolsado 27.000 euros, no sabe a ciencia cierta qué pasará con su piso. “A los 40 días de haber enviado el burofax, Martinsa se declaró en suspensión de pagos”, añade José, quien asegura que la compañía no se puso en contacto con él a pesar de haber solicitado legalmente dicha rescisión argumentado los retrasos en las fechas de entrega.
”Yo tuve más suerte ya que al ver que Martinsa no respondía a mis cartas decidí contratar a un abogado y me recomendó que solicitara el cobro del aval al banco, no a Martinsa, argumentando el enorme retraso en la fecha de entrega de la vivienda. Al final pude recuperar el dinero y a los pocos meses Martinsa presentó el concurso de acreedores”, explica Carlos, otro cliente de Martinsa. (más…)
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 Sentencia contra AIFOS
Mas sobre el caso AIFOS INMOBILIARIA. Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5ª) Sentencia núm. 235/2007 de 30 abril, que reconoce una indemnización por daño moral a unos compradores de viviendas de AIFOS
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 11 de septiembre de 2006 , en el juicio antes dicho, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la parte actora, debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa suscrito por las partes el pasado 13 de septiembre de 2002 y debo condenar y condeno a la entidad ARQUITECTURA Y PROMOCIONES AIFOS a que abone a DOÑA María Rosa la cantidad de 35.566,12 euros de principal, así como los intereses legales de dicha cantidad en los términos expuestos en el Fundamento de Derecho segundo de esta Sentencia. Respecto a las costas, procede que cada parte abone las causadas a su instancia y las comunes por mitad”…
En efecto, para un mejor análisis de la cuestión sometida a revisión de la Sala conviene recordar que el presente procedimiento se inicia por demanda formulada por DOÑA María Rosa contra la ahora recurrente en reclamación de la cantidad de 199.322 euros, que desglosaba de la siguiente manera: cantidad a devolver (21.566,12 euros); Intereses devengados según Ley 56/68 ( 3.722 euros); Daños morales (235.000 euros); y Ganancia dejada de percibir/ enriquecimiento injusto de AIFOS 149.034, 27 euros).
La sentencia de instancia estimó parcialmente la demanda rectora de este pleito y condeno a la entidad demandada a que abonase a la demandante la suma de 35.566,12 euros en concepto de principal ( 21.566,12 euros por las cantidades entregadas + 14.000 euros por daño moral), así como los intereses legales de dicha cantidad en los términos expuestos en el Fundamento de Derecho Segundo de la resolución.
SEGUNDO
Diversas sentencias del Tribunal Supremo, como expresa la de 31 de mayo de 2000, han reconocido que el daño moral constituye una noción dificultosa (STS 22 de mayo de 1995), relativa e imprecisa (SSTS 14 de diciembre de 1996 y 5 de octubre de 1998 ). Iniciada su indemnización en el campo de la culpa extracontracual, se amplió su ámbito al contractual (SSTS 27 de julio 1994, 22 de noviembre 1997, 14 de mayo y 12 de julio 1999 , entre otras), adoptándose una orientación cada vez más amplia, con clara superación de los criterios restrictivos que limitaban su aplicación a la concepción clásica del petitum doloris y los ataques a los derechos de la personalidad (STS 19 de octubre 1998 ). Cierto que todavía las hipótesis más numerosas se manifiestan en relación con las intromisiones en el honor e intimidad (donde tiene reconocimiento legislativo), propiedad intelectual (igualmente con regulación legal), responsabilidad sanitaria (STS 22 de mayo 1995, 27 de enero 1997, 28 diciembre 1998 y 27 de septiembre 1999 ) y culpa extracontractual (accidentes con resultado de lesiones, secuelas y muerte), pero ya se acogen varios supuestos en que es apreciable el criterio aperturista (con fundamento en el principio de indemnidad), ora en el campo de las relaciones de vecindad o abuso de derecho (STS 27 de julio 1994 ), ora como causa generatriz en el incumplimiento contractual (SSTS 12 julio 1999, 18 noviembre 1998, 22 de noviembre 1997 ), lo que, sin embrago, no permite pensar en una generalización de la posibilidad indemnizatoria. (más…)
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AIFOS INMOBILIARIA DEMANDAS JUZGADOS
Los expedientes de la promotora con mayor impronta de la provincia copan buena parte de las estanterías de los juzgados de Málaga. Según la información que maneja el Diario Sur, los órganos judiciales de la capital tramitan más de 200 procedimientos contra Aifos por incumplimiento del plazo de entrega de las viviendas objeto de la compraventa. Y es que son muchos los españoles y extranjeros que han invertido en las promociones de la inmobiliaria en toda la costa, donde se concentran estas causas.
Los primeros fallos contra la entidad, han condenado a la empresa a devolver el dinero a sus clientes, más los intereses legales que devengue tal cantidad, llegando a alcanzar incluso la friolera cifra de 329.000 euros. Pero órganos judiciales como el de Primera Instancia números 1 y 2 han ido más allá y han condenado también a la demandada a abonar cantidades específicas por los daños morales ocasionados a los adquirientes. De esta forma, los magistrados han entendido la «situación de angustia e impotencia» de las personas perjudicadas por las actuaciones de la inmobiliaria, según consta en un fallo.
PlazosSentencias de 2006 y 2007 evidencian que «las viviendas no han sido objeto de entrega», cuando en los contratos figura que las obras finalizarán en un plazo de 20 meses «desde la firma por el arquitecto del acta de replanteo». Así figura en el fallo dictado en diciembre de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia número 2, que condenó a Aifos Arquitectura y Promociones Inmobiliarias S.A. a pagar a la parte demandante la cantidad de 329.508 euros en concepto de principal más intereses.
En otras ocasiones, «ni tan siquiera se había obtenido la licencia de obras». Así lo recoge otro fallo del Juzgado de Primera Instancia número 9, del pasado año, que señala cómo el usuario compraba en «la creencia de que, en aproximadamente dos años y medio desde la celebración del contrato privado, tendría la vivienda». De forma que la magistrada es consciente de que «lo que no puede pretender la parte demandada es vender y hacer uso de unas cantidades de dinero, sin establecer con un mínimo de garantías el plazo en el que va a entregar lo vendido». En esta ocasión, la jueza condenó a la promotora a abonar 92.742 euros.
Sin embargo, tal y como señala otra jueza del Juzgado de Primera Instancia en relación a un recurso de apelación de Aifos, la empresa «asume las consecuencias no sólo de esta deficiente y engañosa información, sino del contenido de las cláusulas contractuales que ella misma crea…». El fallo de la jueza desestimaba por tanto el recurso de Aifos y confirmaba la condena de 3.900 euros a pagar al demandante. (más…)
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