Entradas con la Tag “Abogados Malaga”
BANCO SANTANDER CASO MADOFF
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Madrid ha condenado al Banco Santander a devolver a uno de sus clientes su inversión en un producto afectado por la estafa piramidal de Bernard Madoff y que había solicitado que se le reembolsase antes del descubrimiento del fraude.
En una sentencia dictada el pasado 8 de junio, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid, la juez Cristina Fernández estima parcialmente la demanda del cliente y condena al Santander a devolverle una cuantía a fijar según un informe pericial, hasta un límite de 359.985,66 euros.
El cliente había invertido en 2006 un total de 300.000 euros en una cesta de tres fondos, uno de los cuales era el Optimal Strategic US Equity, que fue congelado por el Santander después de la detención de Bernard Madoff el 11 de diciembre de 2008 en Nueva York.
Amparándose en ese hecho, el banco que preside Emilio Botín rechazó devolver el dinero al cliente pese a que había solicitado que se le reembolsase la totalidad del producto dos meses antes del descubrimiento de la estafa piramidal, el 9 de septiembre de 2008, y que el valor de devolución también había sido fijado con anterioridad, el 30 de noviembre de 2008.
“El banco se obligó a abonar el importe que calculó al 30 de noviembre y a ello debe estarse, sin que pueda liberarse de su obligación por incidencias posteriores que repercutieron en el valor de un fondo al haber sido por él calculado correctamente conforme a los parámetros existentes en la fecha en que debía efectuarse el cálculo”, señala la sentencia, publicada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
También recuerda que en el contrato no hay cláusula alguna que permita al Santander anular la valoración ya realizada del fondo afectado por Madoff, que impidió devolver al cliente el importe correspondiente a toda la cesta de fondos.
En cualquier caso, la juez rechaza parte de las peticiones del cliente (que había solicitado incluso el pago de una indemnización adicional por daños morales y el abono de intereses), ya que pone de relieve que “él era consciente de que invertía en un producto de riesgo y cuando consideró que no le satisfacía dio orden para su cancelación”.
Por tanto, considera que “no puede exigir más que las consecuencias derivadas” del proceso de liquidación del producto y que “pretender ahora que se le devuelva el principal y su actualización conforme al interés legal e índice de inflación, supone tanto como obviar que invirtió en un producto de riesgo”.
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Los dueños de Viajes Marsans, Gerardo Díaz Ferrán y Gonzalo Pascual, han vendido por 600 millones de euros el cien por cien del grupo turístico y su sociedad inversora Teinver a Posibilitum Business, del empresario Ángel de Cabo, una empresa especializada en la compra de activos en riesgo.
Fuentes de Marsans informaron hoy de que en la venta se han incluido los pasivos de las sociedades, y que esta operación incluye también la cadena Hotetur y la compañía de handling aeroportuario Newco, así como participaciones totales o parciales en otras 50 sociedades del sector turístico.
Al frente de Posibilitum Business sociedad escriturada recientemente y que aún no se encuentra incorporada al Registro Mercantil está el empresario Ángel de Cabo, quien detenta los cargos de apoderado o administrador único de, al menos, 19 sociedades más.
La imagen de este empresario, considerada “oscura” y “prácticamente desconocida” por los representantes de los trabajadores de Marsans, hace que desde el Comité de Empresa se “desconfíe del futuro de la empresa” y de si se va a abordar “de verdad” un plan de viabilidad.
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VAZQUEZ ABOGADOS MALAGA ESPECIALISTAS ACCIDENTES TRAFICO
Tfno 952215859
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) aseguró ayer que el joven inmigrante muerto tras caer de los bajos del camión donde viajaba escondido tenía admitida a trámite la solicitud de asilo en España, petición que cursó tras huir de Costa de Marfil para evitar ser reclutado como niño soldado. La organización afirma que pese a tener autorización de residencia, “se le había impedido entrar en territorio peninsular”.
En concreto, CEAR explica que Abdoulaye Kone, de 20 años de edad, llegó a España desde Costa de Marfil, de donde huyó “después de que su madre fuera asesinada y de haber sido secuestrado y preparado para ser niño soldado por un grupo armado”. Presentó solictud de asilo en octubre de 2009 y desde entonces, residía en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta.
La solicitud fue admitida a trámite, por lo que el joven recibió una autorización de residencia en España que le daba derecho a desplazarse libremente por todo el territorio nacional. Sin embargo, como él mismo denunció ante las autoridades españolas, la Delegación del Gobierno en Ceuta le impedía trasladarse a la Península. Por este motivo, Abdoulaye Kone se escondió de polizón en los bajos de un camión para abandonar el continente africano. Sin embargo, se cayó con el vehículo en marcha. Falleció el pasado lunes en la AP-7 a su paso por la localidad malagueña de Manilva. Según CEAR, no es la primera vez que a los demandantes de asilo de Ceuta y Melilla que tienen la solicitud admitida a trámite se les impide viajar al resto de España. “Tras las quejas de los interesados, de CEAR y otras organizaciones sociales, el Defensor del Pueblo pidió información a la Administración sobre dicho impedimento de viajar a territorio peninsular español, y concluyó que sus explicaciones no eran suficientes para impedir la libre circulación dentro del territorio nacional de los solicitantes de asilo que han visto admitida dicha solicitud”, explica la organización.
Por ello, CEAR pide que las autoridades actúen “inmediatamente para que no siga siendo vulnerado el derecho fundamental de los solicitantes de asilo que se encuentran en Ceuta y Melilla a la libertad de circulación por todo el territorio nacional”. La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, lamentó la muerte del joven y explicó que los CETI “no son cárceles” y las personas allí alojadas “entran y salen” libremente, de forma que “aunque se extreman las precauciones la seguridad cien por cien, no existe”.
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MALAGA ABOGADOS
Ante las numerosas solicitudes realizadas por clientes, accidentados de trafico, abogados, universidades, etc, a www.vazquezabogados.es, despacho especializado en accidentes de trafico y responsabilidad civil (Telefono 952215859), para que les remitieramos la importante sentencia dictada por el Tribunal Supremo, que abre la posibilidad de reclamar indemnizacion a los perjudicados por el lucro cesante dejado de obtener cuando sufren un accidente de trafico, la colgamos en nuestra web para su descarga en el siguiente enlace:
SENTENCIA LUCRO CESANTE VAZQUEZ ABOGADOS
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VAZQUEZ ABOGADOS MALAGA
Consumidores que en su momento firmaron contrato con la Cooperativa Geseduma, para la compra de vivienda, y que decidieron darse de baja por retraso en la entrega de las viviendas, se han dirigido a Vazquez Abogados (Telefono 952215859) para que les asesoren y estudiar la posibilidad de recuperar las cantidades abonadas, que pueden rondar los 82.000 €, ya que hasta la fecha solo le han abonado una cantidad a cuenta.
Mas informacion: damian@vazquezabogados.es
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AIFOS CONCURSO ACREEDORES
Vazquez Abogados representa a un grupo de compradores vivienda afectados por el concurso de AIFOS.
El concurso de Aifos ha reconocido, de momento, a más de seis mil acreedores y casi novecientos millones de euros de deudas. El informe provisional de los administradores, tras la declaración en julio del año pasado de concurso voluntario de la promotora por parte del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, recoge una lista con 6. 234 acreedores y deudas por valor de 884.148.178 euros. Sin embargo, en esta primera evaluación los administradores han dejado sin cuantificar como deudas y ha clasificado como créditos contigentes subordinados al cumplimiento de los contratos las cantidades entregadas a cuenta por la mayoría de los compradores de viviendas que se han personado en el concurso. Por ello, una buena parte de los afectados ha decidido impugnar el informe de los administradores al sentirse «gravemente perjudicados». Alguno ve incluso una estrategia para «quitarnos de en medio».
Si quiere luchar para que se le reconozca su credito como una cantidad cierta o que se proceda a la escrituracion de la vivienda contacte con:
damian@vazquezabogados.es
Tambien es posible usar la via penal por presuntas estafas, en caso entre otros de falta construccion viviendas.
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Vazquez Abogados ha asistido a las Jornadas celebradas en el dia de ayer “Protección del Consumidor en la comercializacion de Productos Financieros”, con motivo jornadas del Dia del Consumidor.
Se tocaron interesantes temas como Los contratos de permuta de tipos de interes, Bonos Lehman, y los SWAPS.
Existen numerosos afectados, tanto particulares como empresas, a las que las entidades bancarias les colocaron en su momento SWAPS, Clips, y otros productos especulativos, casi toxicos, para supuestamente protegerlos de los cambios de interes, no habiendo proporcionado la informacion adecuada a sus clientes, que en la actualidad ven que tras firmar prestamos o hipotecas, junto a SWAPS, estan pagando cantidades muy importantes cada vez que le realizan una liquidacion.
Ya existen sentencias de Tribunales en España que resuelven dichos contratos y condenan a los Bancos.
Mas informacion VAZQUEZ ABOGADOS: Tfno 952215859
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Vazquez Abogados Malaga, expertos en reclamación de cantidad, indemnizaciones, deudas e impagados, reclamaciones accidentes trafico, divorcios, negligencias medicas… contacte al Telefono 952215859.
Las nuevas tecnologías nos hacen mas fácil la vida a los abogados y sus clientes a la hora de reclamar mediante una notificacion fehaciente a la parte contraria, para lo que habitualmente se usa el burofax. Existen otros medios como los SMS al movil o los correos electrónicos certificados.
Manuel hacía tiempo que peleaba por cobrar una cuantiosa deuda de un escurridizo moroso en Lérida. Ni los burofax, ni las llamadas, ni las cartas certificadas, ni las visitas a su domicilio eran efectivas para lograr su propósito. Al deudor parecía habérselo tragado la tierra. Ni siquiera había logrado su primer objetivo: demostrar, con una notificación válida para la justicia, que el individuo en cuestión estaba enterado del dinero que se le exigía. Hasta que la tecnología acudió en su auxilio. Él fue uno de los primeros en España en utilizar un sms certificado, un simple mensaje de texto en el móvil, para comunicar al demandado que se le requería el pago de la deuda, requisito previo para que se pueda iniciar un proceso judicial por impago. Y el juzgado de primera instancia número dos de Lérida aceptó el sms como prueba en un juicio civil que acabó con la condena del acusado. (más…)
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ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS Tfno 609610197
Interesante sentencia que invierte la carga de la prueba a la Administración Sanitaria en un caso anestesia negligencias medicas, lo que favorece a los reclamantes.
Cuando se demanda a la Administración por responsabilidad sanitaria la regla general es que quien reclama debe probar la negligencia. La jurisprudencia admite excepciones como en el daño desproporcionado, donde se presume la mala praxis salvo si se prueba que el resultado no es consecuencia de la actuación sanitaria.
La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo ha aplicado el principio de inversión de la carga probatoria al acto anestésico en un fallo en el que exime a los familiares de un paciente de la obligación de probar la incorrecta actuación sanitaria tras los daños producidos por una intubación.
La Sala, que impone a la Generalidad Valenciana una condena de 704.756 euros (más de ciento diecisiete millones de pesetas), estima la reclamación de un enfermo que sufrió una parada cardiaca y una encefalopatía postanóxica tras la intubación para la anestesia en una intervención de hernia umbilical.
El paciente sufrió una encefalopatía postanóxica durante la intubación para intervenir una hernia umbilical, un daño desproporcionado
El enfermo padece una cuadraparesia espástica distónica, dificultad para la expresión y compresión del lenguaje y grave afectación de sus facultades intelectuales. Frente al argumento de la Administración de que la prueba de la relación entre el acto anestésico y el daño correspondía al paciente, los magistrados aclaran que “en aplicación de la doctrina del daño desproporcionado, es a la Administración a la que incumbe probar que el paciente presentaba unas características normales en el cuello y la cavidad oral”.
El Tribunal Supremo aclara que el acto anestésico es “por sí mismo generador de un riesgo para la vida y la integridad física y mental del paciente, y las obligaciones del médico anestesista no difieren de las de otros especialistas médicos, por lo que la responsabilidad es de medios y no de resultado”. Pese a lo alegado por la Administración, el fallo afirma que no se puede compartir que “en los supuestos de daños derivados del acto anestésico, la prueba demostrativa de la mala praxis deba correr a cargo del paciente”.
El fallo se apoya en el informe de la Academia de Medicina de Valencia, que afirma que en el expediente “no aparece ninguna información sobre la traqueotomía de urgencia realizada al no poder intubarle, ni tampoco ninguna descripción minuciosa por fibroscopia de anatomía de laringe o de la epiglotis”. Además, la “imposibilidad de intubar a un paciente de características aparentemente normales de cuello y cavidad oral es extremadamente rara y en general excepcional”.
En consecuencia, “era exigible que la Administración diera una explicación puntual de la dificultad” de la intubación.
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ABOGADOS PENAL MALAGA VAZQUEZ ABOGADOS TELEFONO 952215859
Familiares del fallecido se han dirigido a Vazquez Abogados para ejercer la acusación particular en este tragico suceso. Se ruega que los testigos de los hechos contacten con nuestro despacho al Telefono 952215859.
Puede consultarse la noticia en el Diario Sur Detencion y Muerte por una Deuda

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