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Un joven ha sido detenido por la Policía Nacional tras sacar al descuido a su abuela de una residencia. Su objetivo supuestamente era llevarla a una notaria para que firmara un aval que le permitiera obtener un préstamo, según ha podido saber SUR.
El suceso ocurrió en un centro geriátrico situado en el barrio de El Palo, donde la mujer se encuentra internada desde hace casi un lustro. La anciana, de 85 años, tiene movilidad reducida -se desplaza en silla de ruedas- y padece una demencia senil moderada, explicaron fuentes de la residencia. Además, según precisaron, está incapacitada judicialmente, por lo que sus bienes son administrados por una organización dedicada a la tutela de personas mayores.
Su nieto, que al parecer es su única familia, tuvo en el pasado una orden de alejamiento respecto a la mujer, aunque más tarde fue cancelada. Ayer se presentó a las once de la mañana de ayer en el geriátrico para hacerle una vista. «No me gustó su actitud», comenta un responsable del centro. «Pidió sacar a su abuela a dar un paseo; le explicamos que no era posible, así que la llevó junto a la puerta. Aprovechó que abrimos la puerta para que entrara otra familia y salió corriendo con la silla de ruedas». Desde la residencia cuentan que pasó con el carrito por encima del pie de la trabajadora social, que se asustó y se quedó paralizada.

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El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a una mujer que fue condenada a un año y cuatro meses de prisión por apuñalar a su pareja durante una discusión en la que éste le propinó numerosos puñetazos, ya que el alto tribunal concluye que la acusada actuó en legítima defensa.

En una sentencia, la Sala de lo Penal del Supremo estima el recurso de M.S. contra la dictada en 2010 por la Audiencia de Cantabria, que la condenó a dicha pena por un delito de homicidio en grado de tentativa con la eximente incompleta de legítima defensa y las atenuantes de confesión y embriaguez. El TS ahora aprecia que concurre la eximente completa de legítima defensa.

El hombre fue llevado a un hospital, donde fue intervenido quirúrgicamente y logró salvar la vida Los hechos tuvieron lugar en la noche del 28 al 29 de septiembre de 2008 cuando la acusada y su pareja, de nacionalidad colombiana, salieron de copas y al regresar a su casa empezaron a discutir en el dormitorio y en el transcurso de la discusión el hombre comenzó a golpearla.

La mujer salió corriendo con la idea de salir de la vivienda para llamar a la Policía, siendo perseguida por su pareja, H.A.M., y una vez en la cocina la alcanzó y la sujetó por el pelo, momento en el que ésta cogió un cuchillo de cocina y para zafarse de los golpes que estaba recibiendo se lo clavó en el pecho a la altura del corazón.

Tras ello, la mujer llamó por teléfono al 091, indicándole a la Policía que llamaran a una ambulancia porque había sido víctima de una agresión por su compañero. El hombre fue llevado a un hospital, donde fue intervenido quirúrgicamente y logró salvar la vida.

El hombre tenía una orden de alejamiento

Según explica la sentencia, éste tenía prohibido acercarse y comunicarse con su compañera por un delito de violencia de género, pero continuó viviendo con la acusada, de nacionalidad brasileña, con el consentimiento de ambos.

La Audiencia Provincial de Cantabria, además de condenar a la mujer, también condenó a su pareja a once meses de prisión por un delito de violencia de género con la agravante de reincidencia.

La Audiencia negó que concurriera la eximente de legítima defensa completa al ver desproporcionado el medio defensivo utilizado, pero ahora el alto tribunal anula esta decisión porque, según explica, “la cascada de puñetazos” llegó a producirle la rotura de los huesos de la nariz, lo que supone que “se estaba poniendo en serio peligro la integridad física de la mujer”.

“Tal situación anímica, de terror y pánico, impide que puedan tomarse serenamente decisiones que no son posibles cuando la tragedia acecha sobre el espíritu de quien se defiende, precisamente ante situaciones que hacen temer razonablemente por la vida o la integridad física del acometido”, concluye.
Vázquez Abogados Malaga Especialistas Derecho Penal y Asistencia al detenido 609610197

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VAZQUEZ ABOGADOS pone a su disposición el Telefono 609610197 para asistencia detenidos en comisarias y Juzgados de Guardia, asistencia a juicios y consultas de tipo penal.

Tiene determinados derechos como detenido, entre ellos que ud, su familia o amigos avisen a un abogado particular para que defienda sus intereses y lo asista para solicitar su libertad, pudiendose entrevistar con el mismo para preparar su defensa.

Reproducimos el Art. 520 Ley Enjuiciamiento Criminal:

Artículo 520.

1. La detención y la prisión provisional deberán practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio.

La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos. Dentro de los plazos establecidos en la presente Ley, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la Autoridad judicial.

2. Toda persona detenida o presa será informada, de modo que le sea comprensible, y de forma inmediata, de los hechos que se le imputan y las razones motivadoras de su privación de libertad, así como de los derechos que le asisten y especialmente de los siguientes:

  1. Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el Juez.

  2. Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.

  3. Derecho a designar Abogado y a solicitar su presencia para que asista a las diligencias policiales y judiciales de declaración e intervenga en todo reconocimiento de identidad de que sea objeto. Si el detenido o preso no designara Abogado, se procederá a la designación de oficio.

  4. Derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, el hecho de la detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento. Los extranjeros tendrán derecho a que las circunstancias anteriores se comuniquen a la Oficina Consular de su país.

  5. Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete, cuando se; trate de extranjero que no comprenda o no hable el castellano.

  6. Derecho a ser reconocido por el Médico forense o su sustituto legal y, en su defecto, por el de la Institución en que se encuentre, o por cualquier otro dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas.

3. Si se tratare de un menor de edad o incapacitado, la autoridad baja cuya custodia se encuentre el detenido o preso notificará las circunstancias del apartado 2.d) a quienes ejerzan la patria potestad, la tutela o la guarda de hecho del mismo y, si no fueran halladas, se dará cuenta inmediatamente al Ministerio Fiscal. Si el detenido menor o incapacitado fuera extranjero, el hecho de la detención se notificará de oficio al Cónsul de su país.

Telefono asistencia detenidos Malaga: 609610197

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