Hemeroteca de la sección “Malaga Abogado”
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Europa Press Abogados Malaga
La familia del preso que falleció el pasado lunes en la prisión provincial de Alhaurín de la Torre -Málaga- ha solicitado en los juzgados de la capital malagueña que se investiguen los hechos y que se realicen las diligencias necesarias al respecto, en concreto que se tome declaración a los responsables de su custodia, así como al compañero de celda.
El letrado Damián Vázquez, que ejerce la acusación en nombre de los padres y hermanas del fallecido, ha señalado que se ha presentado una denuncia. En concreto, este escrito va contra “los responsables del centro penitenciario de Málaga y centro penitenciario de Melilla”, de donde procedía el interno, que iba a ser trasladado en los próximos días a la prisión Puerto III, en Cádiz.
No obstante, este documento, al que ha tenido acceso Europa Press y dirigido al Juzgado de Instrucción número 1 de la capital, se interpone también contra “cualquier persona o entidad que resultara responsable” de estos hechos ocurridos “y contra Instituciones Penitenciarias (IIPP)”, organismo dependiente del Ministerio del Interior.
Según se relata en el escrito, el joven falleció el pasado lunes, día 15, “mientras se encontraba ingresado en calidad de preso en el centro penitenciario de Málaga”, por lo que se considera que “estaba bajo guardia y custodia de Instituciones Penitenciarias” y se estima que de estos hechos “pueden desprenderse responsabilidades penales, incluso de homicidio imprudente”.
Así, en la denuncia se señala que las primeras investigaciones e informes forenses señalan que la muerte “no ha sido natural”, sino “por reacción adversa a sustancias psicotrópicas”, al tiempo que se apunta a que podría llevar en su cuerpo cápsulas con sustancias estupefacientes, lo que es “del todo incomprensible”, al estar bajo “el control” de IIPP y “en particular” de la cárcel malagueña.
Por esto, se insta a que se inicie la investigación de los hechos y a que se practiquen las diligencias necesarias para esclarecerlos, como las declaraciones ya dichas; solicitando, además, que se remita al juzgado el informe o investigación realizados por el centro penitenciario malagueño y el atestado de las fuerzas de seguridad que actuaran.
Funcionarios de la prisión provincial de Alhaurín de la Torre hallaron en la madrugada del lunes a este interno, de origen marroquí, muerto en su celda, en el módulo de ingresos. Según indicaron fuentes sindicales a Europa Press, se actuó “con celeridad extraordinaria y cumpliendo todos los protocolos de seguridad establecidos”.
Además, apuntaron a que “no se puede escanear el cuerpo de una persona, salvo que tengamos informaciones certeras al respecto y siempre que exista una autorización judicial” y, señalaron que, en este caso, “no había, además, nada que indicara que fuese necesario realizarlo”.
Mas informacion Diario El Mundo.
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MALAGA VAZQUEZ ABOGADOS
Hoy el Diario Sur publica una entrevista al padre del fallecido en la prision de Malaga, acompañado de su Abogado Damian Vazquez, especialistas en derecho penal Telefono 952215859.
Puede leer el texto completo de la noticia en este enlace Diario Sur
En el dia de hoy se presenta denuncia ante los Juzgados de Malaga para averiguar los hechos.
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La fiscalía de seguridad vial quiere continuar con su política de mano dura tanto con los conductores irresponsables como con las administraciones que no colaboren en la reducción del número de accidentes. El fiscal de sala especializado en la materia, Bartolomé Vargas, ha anunciado la intención del Ministerio Público de empezar a perseguir, por la vía penal, acusando de delito de homicidio, a aquellos automovilistas que por no haber colocado la sillita infantil adecuada o el cinturón de seguridad hayan causado la muerte o la lesión de niños. La medida se aplicará como “último recurso” y en los casos que se trate de personas unidas al menor por vínculos parentales o desempeñe funciones de tutor, el caso se remitirá a la Fiscal de la Sala Coordinadora de Menores, según han comunicado a EFE. “Los menores se encuentran en una situación de absoluta indefensión y sufren elevadísimos riesgos”, ha señalado Vargas en Santiago de Compostela al término de las jornadas anuales de fiscales de seguridad vial. En este grupo indefenso, el fiscal ha añadido a personas discapacitadas, ancianos, ciclistas y motoristas. Automóvil en buenas condiciones Para evitarlo, siguen apostando porque las administraciones realicen campañas de formación y concienciación. Pero, “en último término”, ha explicado Vargas, “si se tiene constancia de que la muerte o lesión de un menor se podría haber evitado con el sistema de retención adecuado” solicitarán que se ejerza la acción penal contra un conductor por el delito de homicidio o lesiones imprudentes. Según los datos de la fiscalía, 40 de los 76 niños fallecidos en accidente de tráfico en el 2008 no llevaban el cinturón o la sillita adecuada. Además, los fiscales han analizado la nueva ley de seguridad vial, que entrará en vigor en su mayor parte en mayo, y especialmente el artículo que obliga a todos los conductores a mantener su vehículo en adecuadas condiciones. En virtud de este precepto, y en casos graves, si se demuestra que la deficiencia de un automóvil (que tenga por ejemplo las ruedas excesivamente desdibujadas) ha causado la muerte o lesión de un tercero, también solicitarán la aplicación del delito de homicidio o lesión imprudente contra el conductor. En los casos en que el automóvil sea un vehículo de empresa el responsable del mantenimiento será la propia empresa, que podrá ser acusada de explotación laboral si el trabajador se ve “obligado” a viajar en un vehículo de la compañía en un estado inadecuado. Coto a los ayuntamientos Por otra parte, la fiscalía actuará contra aquellos ayuntamientos que no comuniquen a la Dirección General de Tráfico la pérdida de puntos en sus municipios. “En casos selectivos y de mayor gravedad en que haya un rechazo a las fórmulas legales de facilitación de medios, siempre que existan en la realidad, y exista una voluntad consciente y deliberada de no remitir las detracciones de puntos, los fiscales examinarán la posibilidad de ejercer acciones penales por el delito de prevaricación omisiva”, ha explicado Vargas. Casi cuatro años después de la implantación del nuevo permiso, aún quedan ayuntamientos de un volumen de población importante, como Getafe, cuyo alcalde preside precisamente la Federación Española de Municipios y Provincias, que no comunican las sanciones a la Dirección General Tráfico (DGT). Todas las capitales de provincia facilitan ya los datos, según fuentes de la DGT. Por último, la fiscalía exigirá a los consistorios la correcta aplicación del catálogo oficial de señalización de badenes, resaltos y bandas transversales. Como en el caso de los puntos, el ministerio público intentará que los ayuntamientos colaboren en primer lugar por vías pacíficas. Pero, si persisten en su intención de no colaborar con la DGT o no retirar el badén o la banda transversal ilegal, recurrirán a la jurisdicción contencioso-administrativa y, en último término, a la vía penal.
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ABOGADOS MALAGA
En los folletos repartidos por una Asociacion de Consumidores se recuerda que el precio del billete debe ser el mismo que se ofertaba al comienzo del proceso de compra, o en la publicidad de la compañía. En el caso se que la aerolínea lo incremente con importes adicionales como tasas por embarque o por llevar una maleta, se puede reclamar la diferencia.
Además, la compañía tampoco debe preseleccionar importes o servicios adicionales, debe ser el usuario quien elija añadir esos extras al billete. Si estaban preseleccionados al hacer la compra porInternet y el cliente no se dio cuenta, también puede reclamar esos importes.
Los retrasos son otra fuente de conflicto en la que los usuarios pueden hacer valer sus derechos. Si el cliente llega a su destino al menos con tres horas de retraso le corresponde una indemnización de al menos 125 euros, que puede crecer hasta los 600 dependiendo de la cantidad de horas de retraso y la distancia del viaje.
Si la compañía vende más plazas de las que dispone, y un viajero se queda en tierra en lo que se conoce como overbooking o el vuelo se cancela, excluyendo las causas de fuerza mayor, la aerolínea debe ofrecerle un vuelo alternativo u otro medio de transporte y tiene que ocuparse de suministrar comida, bebida y hasta alojamiento y transporte al usuario cuando es necesario.
Si además el retraso nos hace perder días de vacaciones o jornadas de trabajo, se pueden pedir indemnizaciones adicionales.
En caso de la pérdida del equipaje por parte de la compañía se debe reclamar en el propio aeropuerto, antes de abandonarlo y conservar una copia de la queja. Además, la aerolínea deberá abonar al usuario los gastos que la pérdida genere en productos de primera necesidad, para lo cual se deben presentar las facturas. Si finalmente no aparece la maleta, deben indemnizarnos por su contenido, hasta un máximo de 1.100 euros.
Mas informacion:
damian@vazquezabogados.es
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- El mineral se usó en astilleros y fábricas de uralita durante 50 años.
- Los trabajadores ignoraban sus efectos cancerígenos y letales.
- Nuestro país registrará más de 120.000 afectados en 2020.
Las partículas se filtraban a través de los poros de la piel. Envolvían la comida de los operarios. Y se incrustaban entre las fibras de sus uniformes. Inhalaban estas moléculas 43.200 segundos al día, 4.300 minutos a la semana y 2.760 horas al año.
Eran los sesenta, y los trabajadores ignoraban los efectos cancerígenos y letales del material con el que cohabitaban en los astilleros y las fábricas de uralita.Al principio no había información sobre el amianto. Después se ocultó. “Las empresas que distribuían el mineral despegaban las etiquetas en las que se alertaba de su peligrosidad”, explica José Luis Castro.
La biografía de este ex operario ferrolano de Bazán –hoy Navantia– ilustra un problema que ha germinado en España, pero todavía no ha estallado. La exposición ininterrumpida al amianto durante 30 años en las calderas le ha secado los pulmones. Ha demandado a la empresa. La empresa ha recurrido. Y desde hace 5 años espera junto a una máquina de oxígeno la sentencia del Supremo.
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Si necesita reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros por siniestros no cubiertos por sus seguros, como riesgos extraordinarios: lluvias torrenciales, inundaciones, tempestad, fuertes vientos, accidentes de trafico, seguros agrarios, etc, puede contactar con VAZQUEZ ABOGADOS al Telefono 952215859.
Desgraciadamente este invierno por las fuertes lluvias, vientos, etc, estan resultando afectados muchas empresas en sus negocios y locales y particulares en sus viviendas, vehiculos, etc.
Igualmente cuando existe un accidente de trafico con un vehiculo desconocido, vehiculo sin seguro, vehiculo robado, etc, y necesite reclamar daños personales (lesiones o fallecimiento) y daños materiales al vehiculo.
Telefono directo asistencia accidentes de Trafico y seguros: 609610197
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Las nuevas tecnologías nos hacen mas fácil la vida a los abogados y sus clientes a la hora de reclamar mediante una notificacion fehaciente a la parte contraria, para lo que habitualmente se usa el burofax. Existen otros medios como los SMS al movil o los correos electrónicos certificados.
Manuel hacía tiempo que peleaba por cobrar una cuantiosa deuda de un escurridizo moroso en Lérida. Ni los burofax, ni las llamadas, ni las cartas certificadas, ni las visitas a su domicilio eran efectivas para lograr su propósito. Al deudor parecía habérselo tragado la tierra. Ni siquiera había logrado su primer objetivo: demostrar, con una notificación válida para la justicia, que el individuo en cuestión estaba enterado del dinero que se le exigía. Hasta que la tecnología acudió en su auxilio. Él fue uno de los primeros en España en utilizar un sms certificado, un simple mensaje de texto en el móvil, para comunicar al demandado que se le requería el pago de la deuda, requisito previo para que se pueda iniciar un proceso judicial por impago. Y el juzgado de primera instancia número dos de Lérida aceptó el sms como prueba en un juicio civil que acabó con la condena del acusado. (más…)
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ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS Tfno 609610197
Interesante sentencia que invierte la carga de la prueba a la Administración Sanitaria en un caso anestesia negligencias medicas, lo que favorece a los reclamantes.
Cuando se demanda a la Administración por responsabilidad sanitaria la regla general es que quien reclama debe probar la negligencia. La jurisprudencia admite excepciones como en el daño desproporcionado, donde se presume la mala praxis salvo si se prueba que el resultado no es consecuencia de la actuación sanitaria.
La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo ha aplicado el principio de inversión de la carga probatoria al acto anestésico en un fallo en el que exime a los familiares de un paciente de la obligación de probar la incorrecta actuación sanitaria tras los daños producidos por una intubación.
La Sala, que impone a la Generalidad Valenciana una condena de 704.756 euros (más de ciento diecisiete millones de pesetas), estima la reclamación de un enfermo que sufrió una parada cardiaca y una encefalopatía postanóxica tras la intubación para la anestesia en una intervención de hernia umbilical.
El paciente sufrió una encefalopatía postanóxica durante la intubación para intervenir una hernia umbilical, un daño desproporcionado
El enfermo padece una cuadraparesia espástica distónica, dificultad para la expresión y compresión del lenguaje y grave afectación de sus facultades intelectuales. Frente al argumento de la Administración de que la prueba de la relación entre el acto anestésico y el daño correspondía al paciente, los magistrados aclaran que “en aplicación de la doctrina del daño desproporcionado, es a la Administración a la que incumbe probar que el paciente presentaba unas características normales en el cuello y la cavidad oral”.
El Tribunal Supremo aclara que el acto anestésico es “por sí mismo generador de un riesgo para la vida y la integridad física y mental del paciente, y las obligaciones del médico anestesista no difieren de las de otros especialistas médicos, por lo que la responsabilidad es de medios y no de resultado”. Pese a lo alegado por la Administración, el fallo afirma que no se puede compartir que “en los supuestos de daños derivados del acto anestésico, la prueba demostrativa de la mala praxis deba correr a cargo del paciente”.
El fallo se apoya en el informe de la Academia de Medicina de Valencia, que afirma que en el expediente “no aparece ninguna información sobre la traqueotomía de urgencia realizada al no poder intubarle, ni tampoco ninguna descripción minuciosa por fibroscopia de anatomía de laringe o de la epiglotis”. Además, la “imposibilidad de intubar a un paciente de características aparentemente normales de cuello y cavidad oral es extremadamente rara y en general excepcional”.
En consecuencia, “era exigible que la Administración diera una explicación puntual de la dificultad” de la intubación.
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BAREMO 2010 VALORACION SECUELAS LESIONES Y FALLECIMIENTOS EN ACCIDENTES DE TRAFICO, NEGLIGENCIAS…
Importante noticia, se acaba de publicar el Baremo Orientador para el año 2010 que sirve para valorar las indemnizaciones que se pueden solicitar por lesiones, fallecimientos, Invalidez, etc en accidentes de trafico y que tambien se aplica por analogia a otros supuestos como negligencias medicas.
Vazquez Abogados especializados en Accidentes de Trafico, Responsabilidad Civil y Penal, Negligencias Medicas, Caidas, Solicitud de Invalidez, Accidentes Trabajo, les proporciona en este enlace el Baremo 2010 Accidentes.
Mas informacion o si necesita consultar su caso e indemnizacion: damian@vazquezabogados.es
Tfno 609610197
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ABOGADOS PENAL MALAGA VAZQUEZ ABOGADOS TELEFONO 952215859
Familiares del fallecido se han dirigido a Vazquez Abogados para ejercer la acusación particular en este tragico suceso. Se ruega que los testigos de los hechos contacten con nuestro despacho al Telefono 952215859.
Puede consultarse la noticia en el Diario Sur Detencion y Muerte por una Deuda

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