VAZQUEZ ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS TELEFONO 952215859 Defensor del Paciente. Situacion incomprensible en hospitales de Málaga, Pacientes mentales del Clínico tienen que dormir en camas en los pasillos

Un aumento de ingresos llena las habitaciones y satura la unidad de enfermos agudos de psiquiatría del hospital

La saturación de la unidad de pacientes agudos de psiquiatría del Hospital Clínico obliga a situar camas en los pasillos y en otros espacios de las dependencias para que duerman algunos enfermos. Es la solución de urgencia que se arbitra cuando las habitaciones de la unidad están llenas. El pasado fin de semana hubo más ingresos de los esperados. Eso acentuó la falta de camas. Aunque habitualmente por estas fechas se produce un incremento las hospitalizaciones en la unidad, este año el problema es mayor.

El presidente provincial de CSIF-Sanidad, Antonio J. Osorio, dijo que la masificación de la unidad de agudos del Clínico no es un hecho puntual, sino que se ha convertido en algo habitual. Así, recordó que el pasado verano llegó a haber quince pacientes durmiendo en los pasillos. «Las treinta camas que hay son insuficientes; es algo demostrado. Nos parece impropio que algunos enfermos carezcan de una habitación en la que dormir. Ignoro si sus familias saben lo que está ocurriendo», manifestó Osorio.
El dirigente de CSIF-Sanidad aseguró que la masificación provoca que los pacientes tengan que hacer turnos para el desayuno, la comida, la merienda y la cena, con un aumento del nerviosismo que sufren. «Los pacientes están hacinados, circunstancia que incrementa su estrés y produce un efecto iatrogénico (alteración provocada por esa saturación en la unidad), en vez de imperar la calma y la tranquilidad», explicó Osorio.
En ese sentido, añadió que «es absolutamente inadmisible que los enfermos mentales duerman en los pasillos, sin respeto a su intimidad y con un trato vejatorio e impropio de una sociedad que se dice civilizada».
Hospital Costa del Sol
La situación sería mejor si la Consejería de Salud hubiese abierto ya la unidad de pacientes agudos de psiquiatría del Hospital Costa del Sol de Marbella, que dispondrá de treinta camas. Ese dispositivo está previsto desde hace años, pero continúa sin funcionar, lo que repercute negativamente en el Clínico, que debe asumir la hospitalización de personas que le corresponderían al Costa del Sol si la citada unidad ya se hubiese puesto en marcha.
Por su parte, la Delegación Provincial de Salud emitió un comunicado en el que dijo que las afirmaciones de CSIF sobre la permanencia de pacientes en los pasillos o en condiciones inadecuadas de atención «son rotundamente falsas». Otras fuentes consultadas por este periódico ratificaron la versión dada por el sindicato y reconocieron que a veces no queda otra alternativa que poner camas supletorias en pasillos y áreas de la unidad cuando las habitaciones están llenas.
Salud recalcó que ese es un hecho puntual y no habitual. Para paliar el problema, se está trasladando enfermos a la unidad de salud mental del Hospital Marítimo de Torremolinos, que dispone de veinte camas. Ayer en concreto se llevó hasta ese hospital a cinco pacientes procedentes del Clínico. Otras medidas puestas en marcha son el refuerzo del personal de enfermería de la unidad de agudos de psiquiatría y extremar la coordinación con los equipos de salud mental de los centros de atención primaria en relación a los ingresos en la unidad de psiquiatría. Salud destacó que a los pacientes psíquicos se les da una atención integral.

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VAZQUEZ ABOGADOS PENAL ASISTENCIA AL DETENIDO TFNO 609610197 «Voy a recurrir porque lo que he pasado en la cárcel es como para volverse loco»

El empresario malagueño que estuvo 17 días preso por un delito que no cometió afirma que reclamará una indemnización

«Ha sido para volverse loco». Benjamín de la Mata, el empresario malagueño que pasó 17 días en una prisión de Algeciras por un delito que no cometió está decidido a reclamar una indemnización. La Guardia Civil encontró ocho kilos de hachís ocultos en la estructura interna de su coche cuando volvía de Ceuta en un viaje de trabajo. El vehículo fue adquirido de segunda mano en un rent a car hace más de 10 años y él desconocía la existencia de la droga. Finalmente, los análisis demostraron que había pasado tanto tiempo que la droga no tenía ya el principio activo del cannabis, por lo que fue puesto en libertad y la causa sobreseída y archivada.

«El primer día que dormí en casa me desperté fatal, con ansiedad -relata- y me di cuenta de lo mal que lo había pasado mi familia, especialmente mi padre y mi mujer, que está en tratamiento con ansiolíticos». A su hija Paula, de diez años, no le dijeron nada hasta ayer. Tenía la misma versión oficial que el resto de su entorno: estaba en el hospital por una crisis diabética. Su situación era tan rocambolesca que no quiso hacerla pública hasta encontrarse en libertad.
Solo el abogado le ha costado 5.000 euros. Es autónomo y si no trabaja, no cobra. «Las dos empresas que tengo, una de catering y otra de tratamiento de aguas, dependen de mí y mi mujer no trabaja. Si la estancia en prisión se hubiera prolongado dos o tres meses hubiese perdido mi casa, que está hipotecada. Solo los dos primeros días tenía previsto impartir un curso por el que iba a cobrar 1.200 euros. Eso, sin contar los viajes de mi familia, el sufrimiento psicológico derivado de estar encerrado y el miedo que he pasado, explica.
En casos como este puede reclamarse una indemnización por vía administrativa ante el Ministerio de Justicia, que pide un informe al CGPJ y fija una indemnización, normalmente una cantidad a la baja. Si no se estima suficiente puede presentarse un contencioso administrativo en la Audiencia Nacional, que dicta un auto. También cabe la posibilidad de interponer una querella contra la jueza si se considera que ha incurrido en algún delito. Se trata de un procedimiento bastante excepcional que se vería en el TSJA.
Daños demostrables
Según expertos juristas consultados por este periódico, la cantidad de la indemnización depende más de la incidencia que tengan los días pasados en prisión en la economía y en la integridad moral y física de quien reclama que de la gravedad del hecho. En cualquier caso, es imprescindible que los daños sean demostrables y la cantidad varía. Una sentencia del Supremo de 2010 fijó una cantidad de 50.000 euros por 180 días de prisión y otra de 2007 estableció 59.000 euros por 94 días de cárcel.
Benjamín quiere volver a la normalidad. Se ha pasado el día explicando su caso, que adelantó ayer este periódico, en televisiones y otros medios que se han interesado por su historia. En el escrito que colgó en Facebook para explicar lo que le había ocurrido cuenta que de esta pesadilla se lleva un amigo, el preso que le ayudó, y una enseñanza: «Me he dado cuenta de que una cosa es la ley y otra la Justicia, y que como la familia, nada».

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El SAS indemniza a un menor que perdió un testículo por un diagnóstico tardío

Diario Sur Malaga El Servicio Andaluz de Salud ha abonado 56.000 euros al joven al considerar que se debió identificar más rápido la patología que sufría.

El Servicio Andaluz de Salud ha indemnizado con 56.378 euros a un joven malagueño al considerar que perdió un testículo por un retraso en el diagnóstico de la patología que presentaba. El SAS reconoce que se debió identificar lo más rápido posible la torsión testicular que sufría el paciente y que la demora motivó la intervención quirúrgica y la aparición de secuelas.

Los hechos, que han derivado ahora en esta resolución, se remontan a 2009. El joven, que entonces tenía 16 años, acudió la madrugada del 12 de septiembre al Hospital Clínico por un dolor en el testículo izquierdo que le despertó mientras dormía.
Tras consultar diversa bibliografía, un médico de guardia indicó a los padres del joven que se trataba de una infección de orina y pidió un análisis, según la reclamación de la familia, a la que asiste el abogado Francisco Damián Vázquez, que es letrado de la Asociación del Defensor del Paciente. El facultativo le prescribió un tratamiento con un antibiótico y un analgésico, así como un posterior «seguimiento» por parte de su médico de cabecera.
El dolor solo remitió unas horas. A los tres días, y al ver que no cesaba, acudieron a su centro de salud, donde otro facultativo señaló que, en su opinión, no se trataba de una infección. Al parecer, le recetó un antibiótico más fuerte y le citó una vez que concluyera el tratamiento.
El día 6 de octubre, tres semanas después de la primera visita a urgencias, los padres volvieron al hospital para que su hijo fuese examinado en el servicio de Urología. Una ecografía confirmó las sospechas del especialista. Su diagnóstico, según la reclamación, fue que el testículo estaba infartado. Ya no había tratamiento posible.
La familia acudió a un urólogo particular, quien pidió una nueva prueba que ratificó la existencia de una torsión. Esta patología obedece a anomalías en la suspensión del testículo; partiendo de éstas, puede desencadenarse por varios factores, como ejercicio físico, frío, un golpe o, simplemente, al cruzar las piernas. Requiere una atención inmediata. Pasadas 24 horas desde su aparición, el porcentaje de recuperación es nulo.
Operación
Así, volvieron al servicio de Urología del hospital, donde -según la familia- les indicaron que lo más conveniente era extirparlo y colocar una prótesis. La intervención quirúrgica se llevó a cabo el 4 de febrero de 2010. Pero el caso no acabó ahí. En la primera operación le ocasionaron una quemadura con el bisturí eléctrico. Sufrió una herida y una postilla que más tarde se abrió y dejó a la vista el implante testicular. Tiempo después, tuvo que ser intervenido nuevamente para extraerle la prótesis al producirse rechazo de la misma.
A la vista de esta reclamación, el Servicio de Aseguramiento del SAS observó que había una relación de causalidad entre las asistencias sanitarias cuestionadas y el resultado final, «concluyendo que existió un retraso diagnóstico de la patología que presentaba el paciente que condicionó la evolución de la misma».
El Consejo Consultivo de Andalucía, al que corresponde el dictamen final, estimó parcialmente la reclamación presentada por el joven, que solicitaba 76.917 euros. El SAS apreció un daño causado por el funcionamiento del servicio público al no haber realizado las pruebas necesarias para detectar la patología y calculó la indemnización en 56.378 euros. La familia, a través de su abogado, ha mostrado su conformidad con esta suma, que ya ha sido abonada, dado que se reconoce que hubo retraso en el diagnóstico. Fuente Diario Sur
Vazquez Abogados Defensor del Paciente Malaga 952215859

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ALCOHOL Y SEGUROS ACCIDENTE TRAFICO  La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por una entidad aseguradora que reclamaba a uno de sus asegurados 194.321,34 euros, derivados de la responsabilidad civil dimanante del proceso penal en el que se condenó al hijo del asegurado tras provocar el accidente en el que resultaron fallecidas tres personas. Tras la condena penal, la aseguradora reclamó la cantidad al asegurado, que había suscrito un seguro voluntario y complementario, que cubría el riesgo de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. La pretensión de repetición de la aseguradora fue estimada en apelación por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, condenando al asegurado al pago de la cantidad. Recurrida en casación, el Alto Tribunal desestima ahora, el recurso interpuesto por la compañía aseguradora, reiterando la doctrina por la que se considera que, amparándose en el principio de libertad de pactos, las partes suscribieron un contrato complementario en el que se cubría el riesgo de la responsabilidad civil por conducción etílica y que, en ese caso, se «hace inoperante la acción de repetición». Por otro lado, declara la Sala, que «no puede equipararse embriaguez en la conducción y mala fe», ya que, sigue afirmando el tribunal, «no toda situación de riesgo es equiparable al dolo». Por todo ello, se revoca la sentencia de la Audiencia balear, desestimando íntegramente la pretensión de la aseguradora.

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VAZQUEZ ABOGADOS ACCIDENTES TRAFICO TFNO 609610197 Han escuchado de todo, pero es la primera vez que alguien pone como excusa que circulaba a 200 kilómetros por hora porque iba a perder un crucero. Es el argumento que dio una turista francesa tras ser cazada por agentes de la Guardia Civil de Tráfico mientras conducía por una autovía de la provincia de Málaga. La mujer, de 22 años, se quedó detenida, según confirmaron a SUR fuentes del Instituto Armado.

Ocurrió el martes por la tarde en la A-92M, que une Las Pedrizas con Salinas. Los agentes de la Benemérita estaban apostados en el kilómetro 16,400 -dentro del término municipal de Villanueva del Rosario-, donde se encontraban realizando un control estático con un coche camuflado equipado con radar.
Habían pasado unos minutos de las cinco y media cuando el cinemómetro saltó y tomó una foto del vehículo infractor. Se trataba de un Opel Astra que, según la medición del radar, circulaba exactamente a 200 por hora. Los agentes le dieron el alto e identificaron a la conductora, una joven francesa de 22 años. Iba acompañada por su novio y por otras dos personas de mediana edad.
Fue entonces cuando la mujer intentó argumentar a los guardias civiles el motivo del exceso de velocidad. Pese a las dificultades idiomáticas, acertó a decir que se encontraban en España de vacaciones y que tenían que coger un crucero en Málaga capital. Según las fuentes consultadas, trató de justificar que circulaba más rápido de la cuenta porque llegaban tarde y el barco iba a zarpar sin ellos.
Los agentes decidieron detenerla a la vista la velocidad a la que circulaba cuando se le interceptó. Al parecer, la joven sufrió una crisis de ansiedad y tuvo que ser trasladada al Hospital de Antequera, donde fue atendida por un médico. Al no tener domicilio en España, fue conducida a la Comandancia de Málaga. Al día siguiente, pasó a disposición del juzgado de guardia de Archidona.
No es la primera vez que el radar de la Guardia Civil de Tráfico caza a un conductor a estas velocidades en el tramo de la A-92 que discurre por Villanueva del Rosario. El último, curiosamente, también era francés. El joven, de 20 años, fue sorprendido el pasado septiembre en un Porsche Cayenne que iba a 217 por hora. Unos meses antes, en junio, la Benemérita interceptó en esta misma zona a un conductor malagueño de 26 años al volante de un Seat León que circulaba a 224 por hora.

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DIARIO LA RAZON PROTESIS PIP ANÁLISIS: Debería ser superior la indemnización por Damián Vázquez Abogado

Reproducimos la entrevista publicada en el Diario La Razon con fecha 08-02-11:

¿Es la sentencia en cuestión ejemplarizante?
–Considero que la sentencia que condena a esta clínica por implantar las prótesis PIP es un buen referente para el resto de afectadas. Esta resolución abre una puerta  para denunciar por daños morales, aquellos casos en los que no ha habido suficiente consentimiento informado sobre la posibilidad de rotura de las PIP.

- ¿Qué supone esta resolución?
–La sentencia condena a la clínica y al cirujano a devolver a la afectada la cantidad invertida en la implantación de las PIP, unos 7.455 euros. Esto supondrá para las miles de afectadas que acuerden con sus cirujanos el cambio de las prótesis al cien por cien, evitando así que abonen un nuevo gasto. Así se abre una vía para que, en caso de que el cirujano no quiera retirar las PIP, las pacientes puedan reclamar la cantidad que cubre el cambio. Por ello recomiendo que todas hagan una reclamación formal y una demanda judicial.

- ¿Podría quedar inhabilitado el cirujano demandado?
–No, porque es un tema civil. Sólo podría suceder en caso de que el supuesto hubiese incurrido en un delito de mala praxis, cosa que no se ha demostrado. Esto es, que el cirujano hubiese seguido implantando las PIP aún sabiendo que estaban prohibidas, o que no le hubiese comunicado a sus nuevas pacientes que estos implantes no eran cien por cien seguros.

- ¿Es la indemnización demasiado baja?
–La cantidad debería de haber sido muy superior.  Por este motivo, yo recurriría a la apelación. Esta cantidad bajo ningún concepto cubre los daños morales y físicos de las pacientes.

Damián Vázquez
Abogado en Derecho Sanitario y Defensor del Paciente

Tfno 609610197

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ACCIDENTES TRAFICO BAREMO 2012 VAZQUEZ ABOGADOS.

En el Boletin Oficial del Estado del dia de hoy se publica la actualización del Baremo utilizado en accidentes de trafico para calcular las indemnizaciones de las victimas de accidentes con lesiones, fallecimientos, invalidez, secuelas, dias impeditivos, Gran Invalidez, Factores de Corrección. Vazquez Abogados es referente a nivel de reclamaciones por accidentes de trafico, altamente especializados en conseguir las mayores indemnizaciones y defensa de los intereses de victimas de accidentes de trafico, miembro de la Asociación Adevi (Abogados de lasVictimas) y tambien utilizado por analogia en negligencias medicas.

Mas informacion Telefono 609610197 Accidentes Trafico, Negligencias Medicas, Caidas Accidentes Laboral..

Consulte el Baremo Accidentes 2012 pinchando sobre este enlace

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Vazquez Lawyers helped briton’s family in legionnela case in ice club benalmadena. Now Calpe have the same problem. Contact +34609610197 The elderly man was originally thought to have died from heart problems after staying at the Diamante Beach Hotel in Calpe, southern Spain, but his death was later reclassified.

Two other elderly men have also died from the outbreak after staying at the hotel.

The men, who have not been named, were aged between 73 and 78.

A spokeswoman for the Foreign Office confirmed a third death, saying: “We are aware of an outbreak of Legionnaires’ disease in Calpe. Local health authorities have confirmed the death of three British nationals as a result and are investigating.

“We are providing consular assistance to those affected by the outbreak and their families.”

Two of the men were found dead in their hotel rooms on January 26 and 31 and another man died in hospital on February 1.

All three were on holiday with over-50s group Saga.

The company’s head of communications, Paul Green, said: “Of the January 26 and 31 deaths, neither gentleman had come forward as feeling unwell so neither was being treated for Legionella.

“Both were found in their respective hotel rooms by a member of staff.

“Initially the suspected cause was heart failure but we understand the Spanish health authorities say Legionella may have been a contributing factor.

“There have been no confirmed diagnoses of Legionella since January 29.”

Mr Green added that three people were being treated in a Spanish hospital and responding well to medication on a normal ward.

One person has been discharged.

Five others who recently stayed at the same hotel were treated in hospital in the UK and all but one have been discharged.

Saga said they moved all clients to a new hotel after their expert conducted tests on water samples.

The company said: “This is clearly a very upsetting time for families and staff.

“We have sent extra people to Spain to support them in any way we can.

“We treat people on our holidays as part of the family and this is a great tragedy and our condolences go out.”

The company will be offering compensation to the holidaymakers who contracted the bacterium and has suspended sending clients to the hotel.

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Accidente Laboral Condenado el Servicio Navarro de Salud a indemnizar con más de 138.000 euros a una funcionaria por un accidente laboral
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha condenado al Servicio Navarro de Salud a abonar una indemnización de 138.471,44 euros a una funcionaria de este organismo por un accidente laboral que le provocó una incapacidad permanente.
La sentencia, que estima un recurso de apelación de la funcionaria, da por probado que la demandante, matrona en la unidad de partos del Hospital Virgen del Camino de Pamplona, intentó el 14 de septiembre de 2006, mientras estaba trabajando, abrir una puerta del centro sanitario con la mano izquierda, al tener ocupada la mano derecha.

Según el fallo, como la parte inferior de la puerta rozaba con el suelo y ofrecía resistencia, notó “un chasquido” en la muñeca que resultó ser una rotura del fibrocartílago triaungular en la muñeca izquierda, lesión por la que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en varias ocasiones.

El Instituto Nacional de Seguridad Social, recoge la sentencia, declaró su incapacidad permanente total para ejercer su profesión habitual, además de la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo donde sufrió el accidente.

La funcionaria, al no estar conforme con la declaración de incapacidad permanente total para su profesión habitual, impugnó la misma ante la Jurisdicción Social y el 2 de junio de 2009 el Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona dictó sentencia estimatoria y declaró su incapacidad permanente en grado de absoluta con derecho a percibir la correspondiente pensión vitalicia.

En la demanda, la funcionaria solicitó ser indemnizada con 239.938,7 euros, pero el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pamplona apreció que los 180.600 euros que había percibido ya por el accidente, por parte de una compañía aseguradora y una mutua, eran suficientes para indemnizarla por la incapacidad y las secuelas.

La funcionaria recurrió la sentencia al considerar que quedaban pendientes de indemnizar 138.471,44 euros, una cantidad que, según la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, tiene derecho a percibir.
VAZQUEZ ABOGADOS

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Vazquez Abogados Las viviendas “han de estar habitables, y no solo terminadas” para que los promotores inmobiliarios cumplan con los contratos de compraventa, según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que ha dado la razón a la compradora de una casa a la empresa “Promovimur, S.L.”.

La sala desestima así el recurso presentado por esta empresa contra una resolución de un juzgado de Primera Instancia de Murcia, que en mayo de 2010 declaró resuelto “por incumplimiento de la demandada” el contrato de compraventa firmado en Alcantarilla en abril de 2006 y condenó a ésta a devolver a la adquirente 25.830 euros, más los intereses legales devengados desde el uno de enero de 2009.

El tribunal indica que según el contrato de compraventa, la promotora se comprometía a terminar las obras el 31 de diciembre de 2008, “añadiendo su enunciado que si no se produjese la entrega en la fecha prevista, la compradora podrá resolver el contrato, previo aviso por escrito con quince días”.

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